R.TNRCH. Nº 0004-2020-ANA
Resumen
CUT N°:180219-2019.
SOLICITANTE: JASS del Centro Poblado Rural Uray Tamaña.
ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.
SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral N°0736-2019-ANA/AAA IC-O, debido a que dicho acto administrativo no ha incurrido en algún vicio de nulidad.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUB MATERIA: Extincion y Otorgamiento de Licencia de Uso de agua
MARCONORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No Haber Merito
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se ha garantizado el derecho que cualquier otro tercero, incluida la recurrente, pudiera ostentar sobre la fuente de agua del río, lo que desvirtúa lo alegado por la Junta Administrativa de Servicios de Saneamiento -JASS, en el sentido de que se le habría privado de la dotación de agua .
Marco normativo
Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.