SANCIONAR a la empresa CORPORACIÓN AGROLATINA S.A; con RUC. N° 20176770474; con una multa equivalente a DOS PUNTO SEIS (2.6) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT) vigentes a la fecha de pago, por el uso del agua subterránea proveniente del pozo IRHS-11-01-08-1363; infracción tipificada en el numeral 1) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal a) del artículo 277° del su Reglamento, y con una multa equivalente a CINCO PUNTO UNO (5.1) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (U IT) vigentes a la fecha de pago, por la perforación de un pozo tubular IRHS-11-01-08-1363; en las coordenadas UTM (WGS-84) 411 ,908 mE- 8'458,206 m N; sector Pampas de Villacurí, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, ello sin contar con la debida autorización emitida por la Autoridad Nacional del Agua, infracción tipificada en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos, concordante con el literal b) del artículo 277 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG; modificado mediante Decreto Supremo N° 023-2014-MINAGRI; de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.