R.TNRCH. Nº 0136-2021-ANA

Resumen

CUT N°:153640-2020.

IMPUGNANTE: Elí Florentino García Nina.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Eli Florentino García Nina contra la Resolución Directoral Nº 889-2020-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 1 del artículo 120º de la Ley de  Recursos Hídricos y en el literal a) del artículo 277º de su Reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

014-2020

Sumilla

Por haberse demostrado la causalidad (nexo causal) entre el hecho infractor (conducta constitutiva de infracción) y el infractor, correspondia que la administración imponga al impugnante una sanción administrativa en atención al principio de razonabilidad y del desarrollo de los criterios previstos en la ley, razón por la cual, al encontrarse debidamente motivada la resolución apelada, carece de sustento lo alegado por el impugnante.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0100-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 88527-2020.

IMPUGNANTE: Comité de Usuarios del Canal de Riego "Chinchil Potaca, Amangay, Ojo Chico, Pampa Verde" 

ÓRGANO: AAA Marañón. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extemporáneo

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación presentado por el Comité de Usuarios del Canal de Riego "Chinchil Potaca, Amangay, Ojo Chico, Pampa Verde" contra la Resolución Directoral Nº 1020-2019-ANA-AAA.M, por haberse presentado de manera extemporánea. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

400-2020

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0135-2021-ANA

Resumen

CUT N°:173791-2020.

IMPUGNANTE: Agrícola Sol de Villacuri S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Agrícola Sol de Villacuri S.A.C contra la Resolución Directoral N°596-2020-ANA-AAAA-CH.CH, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el numeral 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y en el literal b) del artículo 277° de su Reglamento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

550-2020

Sumilla

Pues de acuerdo con la evaluación realizada, por estar el pozo ubicado en una zona de veda en la que existe problemas de sobre explotación del acuifero, la calificación que correspondia era de muy grave.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0096-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 101644-2020.

IMPUGNANTES: Jesús Victoria Zevallos Gallegos de Zeballos, José David Zeballos Delgado.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Jesús Victoria Zevallos Gallegos de Zeballos y el señor José David Zeballos Delgado contra la Resolución Directoral Nº 629-2020-ANA-AAA.CO, confirmándose la Resolución Directoral Nº 059-2020-ANA-AAA.CO, por haberse emitido conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO: Artículo 34° de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 70° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

375-2020

Sumilla

Los impugnantes no han acreditado la titularidad del predio, toda vez que los documentos presentados, no permiten acreditar el tracto sucesivo la titularidad de dicho predio.

Marco normativo

Artículo 34° de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 70° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0134-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 92113-2019.

SOLICITANTE: Corporación de Industrias Plásticas S.A.

ÓRGANO: ALA Chillón - Rímac - Lurín.

MATERIA: Aclaración.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Se declara improcedente el pedido de aclaración de la Resolución N°216-2020-ANA/TNRCH presentado por Corporación de Industrias Plásticas S A., debido a que no contiene ningún aspecto oscuro, ambiguo o dudoso.

MARCO NORMATIVO: Artículo 406° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: IMPROCEDENTE

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

854-2019

Sumilla

El Tribunal precisa que la Resolución emitida no contiene ningún concepto oscuro o dudoso en la parte decisoria, o que influya en ella, que requiera ser aclarado.

Marco normativo

Artículo 406° del Código Procesal Civil.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0091-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 158292-2020.

IMPUGNANTE: Juvenal Condori Flores.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador contra el señor Juvenal Condori Flores a través de la Notificación Nº 154-2019-ANA TITICACA-ALA JULIACA, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución Directoral Nº 159-2020-ANA-AAA.TIT.

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

503-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0131-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 149671-2020.

SOLICITANTE: Isidoro Indalecio Roca Rodríguez.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Autorización de Uso de Agua a Favor de Terceros

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral N°2624-2017-ANA-AAA-CH.CH, solicitada por el señor Isidro Indalecio Roca Rodríguez, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

492-2020

Sumilla

Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.A. N° 046-2021-ANA-AAA X MANTARO-ALA MANTARO

Resumen

RECTIFICAR de oficio, el error material de la Resolución Administrativa N° 044-2021-ANA-AAA X MANTARO-ALA MANTARO,  de fecha 03 de marzo del 2021, en el Cuadro N° 01 – ítem Razón Social, dice: Antonio Marcos Guerrero; debe decir: Carmen Del Pilar Castillón Prieto, sin alterar lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión de la Resolución Administrativa emitida.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Marzo, 2021

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0088-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 124467-2020.

IMPUGNANTE: Oleaginosas Amazónicas S.A.

ÓRGANO: AAA Ucayali.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Oleaginosas Amazónicas S.A. contra la Resolución Directoral Nº 093-2020-ANA-AAA.U-ALA-PUCALLPA, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento, por lo tanto, se deja sin efecto la referida resolución directoral. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

429-2020

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0130-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 146866-2020.

SOLICITANTE: Marcos García Ayala.

ÓRGANO: ALA Ramis.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N° 229-2010-MINAG-ANA-ALA.R solicitada por el señor Marcos García  Ayala, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

534-2020

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor