R.TNRCH. Nº 0419-2020-ANA
Resumen
CUT N°: 14224-2020.
IMPUGNANTE: Segundo Eloy Cerquín Chatilan .
ÓRGANO: AAA Marañón.
SUMILLA: Declarar de oficio la caducidad administrativa del procedimiento sancionador iniciado contra el señor Segundo Eloy Cerquín Chatilan mediante la Notificación N° 099-2018-ANA-AAA.M-ALA.CHCH, disponiéndose el archivo de dicho procedimiento, dejando sin efecto legal la Resolución Directoral N° 1181-2018-ANA-AAA.M.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUB MATERIA: Caducidad
MARCO NORMATIVO: Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Caducidad
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento.
Marco normativo
Artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.