R.TNRCH. Nº 0209-2021-ANA

Resumen

CUT N°:56402-2020.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Revisión de Oficio.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Nº 0863-2019-ANA-AAA.PA, debido a que se ha cumplido con el requisito establecido en el literal c) del numeral 16.2 del artículo 16º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

MARCO NORMATIVO: Literal c) del numeral 16.2 del articulo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatura! N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

236-2020

Sumilla

Se concluye que se ha cumplido con el requisito establecido en el Reglamento de Procedimientos Administrativos, al haberse acreditado en el procedimiento administrativo iniciado por el administrado, la posesión legítima del predio donde se usa el recurso hidrico, conforme lo analizado.

Marco normativo

Literal c) del numeral 16.2 del articulo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatura! N°007-2015-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0210-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 22731-2021.

IMPUGNANTE: María Moraima Toribio Rodríguez.

ÓRGANO: ALA Moche - Virú -Chao.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de permiso de uso de agua

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por la señora María Moraima Toribio Rodríguez contra el acto administrativo contenido en la Carta Nº 005-2021-AAA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO, por haberse emitido conforme a ley. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

076-2021

Sumilla

No existe derecho de uso de agua en el cual se sustente el pedido de "cambio de nombre del titular para permiso de uso de agua" solicitado por el impugnante.

Marco normativo

Artículo 23° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0228-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 10038-2021.

IMPUGNANTE: Fondo Popular 1- Renta Mixta, Fondo de Inversión Privado.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de uso de agua

SUMILLA: Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por el Fondo Popular 1-Renta Mixta, Fondo de Inversión Privado contra la Resolución Directoral N° 393-2020-ANA/AAA-HUALLAGA, debido a que se ha emitido conforme a derecho. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 50° y 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

038-2021

Sumilla

El instrumento de gestión ambiental o en su defecto el pronunciamiento de la entidad competente de que no necesitaba el mismo, pues el presente procedimiento es uno de regularización que debe ceñirse a lo dispuesto en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento.

Marco normativo

Artículo 50° y 200° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0211-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 182844-2020.

IMPUGNANTE: Centro Piscícola Copacabana Canua S.A.C.

ÓRGANO: AAA  Pampas - Apurímac.

MATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el Centro Piscícola Copacabana Canua S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 762-2020-ANA-AAA.PA, porque los argumentos del impugnante han sido desvirtuados.

MARCO NORMATIVO: Artículo 41° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

057-2021

Sumilla

La evaluación realizada al expediente se determinó que técnicamente es inviable otorgar la autorización solicitada, por lo que dicha actuación no resultaba pertinente, máxime si el administrado se mantiene de las fuentes manantiales; cuando la acreditación de disponibilidad hidrica se otorgó respecto al rio.

Marco normativo

Artículo 41° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado por la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0212-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 2119-2021.

IMPUGNANTE: Celso Flores Quispe.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación presentado por el señor Celso Flores Quispe contra la Resolución Directoral Nº677-2020-ANA-AAA-CH.CH, debido a que su alegato de impugnación ha sido desvirtuado; y se procede de oficio al archivo del extremo de la Resolución Directoral Nº515-2020-ANA-AAA-CH.CH, en lo que corresponde a la determinación de responsabilidad sobre el numeral 13 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 82º de su reglamento. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

033-2021

Sumilla

El impugnante posee una autorización por parte del director ejecutivo regional de salud; lo cierto es que, corresponde a esta Autoridad Nacional, de manera exclusiva, otorgar la autorización para realizar el reúso del recurso hidrico; y solo con este titulo habilitante, se pueda utilizar el agua residual.

Marco normativo

Artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0213-2021-ANA

Resumen

CUT N°:189298-2020.

IMPUGNANTE: Juan Américo López Dioses. 

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Juan Américo López Dioses contra la Resolución Directoral Nº 643-2020-ANA-AAA-CH.CH, debido a que su alegato de impugnación ha sido desvirtuado.

MARCO NORMATIVO: Articulo 6° de la Ley de Recursos Hídricos. Articulo 3° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 26 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

047-2021

Sumilla

No procede acceder al pedido de Acreditación de Disponibilidad Hidrica realizado por el impugnante, debido a que el pozo proyectado se ubicaría en un bien natural asociado al agua.

Marco normativo

Articulo 6° de la Ley de Recursos Hídricos.
Articulo 3° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0227-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 159982-2020.

IMPUGNANTES: Teresa Elizabeth Contreras Peña y Doris Filomena Cervantes Chávez.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas.
Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.
Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 1242-2020-ANA/AAA.CO, y se dispone el archivo de los procedimientos administrativos sancionadores iniciados con las Notificaciones N° 275-2019-ANA-AAA.CO-ALA-CH y N° 279-2019-ANA-AAA.CO-ALA-CH.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del articulo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

527-2020

Sumilla

Este tribunal va evaluar los presupuestos de la responsabilidad administrativa, entonces corresponde declarar nula la resolución apelada y disponer el archivo del procedimiento sancionador pues el hecho no se subsume en el tipo infractor.

Marco normativo

Numeral 6 del articulo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0226-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 163972-2020.

IMPUGNANTE: Compañía Minera Sierra Central S.A.C.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos o reusó sin autorización

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Compañía Minera Sierra Central S.A.C. contra la Resolución Directoral N" 338-2020-ANA-AAA MANTARO, porque se acreditó el vertimiento de aguas residuales en el rio Mantaro, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

0483-2020

Sumilla

La resolución apelada se encuentra debidamente sustentada y obedeció a la aplicación de criterios objetivos y de razonabilidad, en consecuencia, se confirma la multa de ocho (8) UIT.

Marco normativo

Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0225-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 182570-2020.

SOLICITANTE: Humberto Fritz Ordoñez.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 148-2018-ANA-AAA X MANTARO, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

079-2021

Sumilla

La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0222-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 148605-2020.

IMPUGNANTE: Walther Baca Ríos.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Walther Baca Rios contra la Resolución Directoral N° 534-2020-ANA-AAA.PA; en consecuencia nulo dicho acto administrativo, y se dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Abril, 2021

N° de Expediente TNRCH

052-2021

Sumilla

El acta de inspección determina que la construcción de la referida vivienda obra en "faja marginal" y, sin perjuicio de que la faja se encuentra específicamente delimitada o no, o que la obra en cuestión sea hidráulica o no, lo concreto es que la prueba (obra material en faja marginal) no acredita el cargo (obra material en fuente natural).

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor