Sancionar, administrativamente a la señora Luz Utrilla Villanueva con DNI 15755190, por usar agua sin derecho otorgado por la Autoridad Nacional del Agua, al captar agua mediante una toma predial rustica en la margen izquierda del L3 Sergio, del L2 Pampa Bonita y del L1: Lateral D, del CD Irrigación Pativilca, con agua proveniente del rio Pativilca; calificando la infracción como leve, e imponiéndose finalmente una multa ascendente a cero coma cinco «0,5» de la Unidad Impositiva Tributaria «UIT»; vigente al momento de su pago, por la infracción contemplada en el numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos hídricos Ley 29338, concordante con el literal a) del artículo 277° de su Reglamento, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación Nº 0000877174 a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.