R.TNRCH. Nº 0759-2025-ANA
Resumen
CUT: 217106-2023.
IMPUGNANTE: Óscar Augusto De La Cruz Arana.
ÓRGANO: AAA Cañete – Fortaleza.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.
SUMILLA: El uso del agua extraída de un pozo no puede ser considerado como uso primario.
MARCO NORMATIVO: Artículos 36°, 37 y Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Nulidad de oficio parcial e infundado.
SANCIÓN: 1.05 UIT - Leve.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
El uso del agua extraída de un pozo no puede ser considerado como uso primario.
Marco normativo
Artículos 36°, 37 y Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.