Rectificar de oficio el error material incurrido en el considerando 8 de Resolución Administrativa N° 0139-2022-ANA-AAA.UV-ALA.SI, debiendo ser conforme se precisa a continuación:
Que, mediante el Informe Técnico N° 0040-2022-ANA-AAA.UV-ALA.SI/HPC, el profesional del ALA, concluye; que el expediente administrativo presentado por el recurrente cumple con los requisitos establecidos en el articulo 22° del Reglamento de la Ley de Organizaciones de Usuarios de Agua, para tal efecto adjunta el Acta de Constitución de fecha 08 de octubre de 2022, donde se aprueba el Estatuto del Comité de Usuarios de Agua, compuesta por IX Títulos y 47 artículos, el cual se encuentra conforme a lo dispuesto en el Resolución Jefatural N° 269-2017-ANA; asimismo en el Acta de Constitución de fecha antes indicada, se designa al Primer Consejo Directivo del Comité de Usuarios, el cual será reconocido conforme Ley;