R.TNRCH. Nº 0479-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 156351-2021.
SOLICITANTE: Agroaurora S.A.C.
ORGANO: ALA Chira.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua.
SUMILLA: La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: No haber mérito.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido.
Marco normativo
Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

