R.TNRCH. Nº 0290-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 105661-2021.

IMPUGNANTES: Isabel Garay Basauri y María Cristina Basauri Cépeda.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

822-2023

Sumilla

La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha
concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0289-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 56045-2023.

IMPUGNANTE: Pedro Simón Morales.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

475-2023

Sumilla

La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0288-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 108712-2022.

IMPUGNANTE: María Asunciona García Baldera.

ORGANO: ALA Chancay Lambayeque.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha concluido.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 27 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

636-2023

Sumilla

 La intervención de terceros es improcedente cuando se trata de un procedimiento administrativo que ha
concluido.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0281-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 80196-2022.

IMPUGNANTE: Fortunato Alvarado Hidalgo.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

721-2023

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0280-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 117517-2023.

SOLICITANTES: Francisca Guerra Tapullima y otros.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Cuando el procedimiento ha concluido, la solicitud de abstención es improcedente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

426-2023

Sumilla

Cuando el procedimiento ha concluido, la solicitud de abstención es improcedente.

Marco normativo

Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0277-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 100100-2023.

IMPUGNANTE: Juan Gabriel Laura Bravo.

ORGANO: ALA Pisco

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: No constituye acto administrativo el informe que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

744-2023

Sumilla

No constituye acto administrativo el informe que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable.

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0279-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 222725-2023.

IMPUGNANTE: Desarrollo Frutícola Sudamericana S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: Es improcedente el recurso de apelación interpuesto contra una supuesta denegatoria ficta por silencio administrativo negativo, cuando el procedimiento está sujeto a silencio positivo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 36.1 del artículo 36°, numeral 197.1 del artículo 197° y artículo 199° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Numeral 84.1 del Artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

190-2024

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación interpuesto contra una supuesta denegatoria ficta por silencio administrativo negativo, cuando el procedimiento está sujeto a silencio positivo.

Marco normativo

Numeral 36.1 del artículo 36°, numeral 197.1 del artículo 197° y artículo 199° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Numeral 84.1 del Artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0257-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 20075-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Alto Piura – Clase B.

ORGANO: AAA - Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: La disposición que resuelve un cuestionamiento al informe técnico que recomienda el inicio de un procedimiento administrativo no es un acto administrativo impugnable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

555-2023

Sumilla

La disposición que resuelve un cuestionamiento al informe técnico que recomienda el inicio de un procedimiento administrativo no es un acto administrativo impugnable.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0240-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 25655-2023.

IMPUGNANTE: David Colque Montoya

ORGANO:  ALA Caplina -Locumba.

MATERIA:  Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: No constituye acto administrativo el informe que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numerales 217.1 y 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 13 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

559-2023

Sumilla

No constituye acto administrativo el informe que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable.

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numerales 217.1 y 217.2 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0232-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 527-2024.

SOLICITANTE: Vilma Imelda Cotrina Delgado.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación presupone la existencia de un procedimiento administrativo a instancia de parte, de lo contrario, se desestima la misma.

MARCO NORMATICO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

120-2024

Sumilla

La queja por defecto de tramitación presupone la existencia de un procedimiento administrativo a instancia de parte, de lo contrario, se desestima la misma.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas