R.TNRCH. Nº 0557-2025-ANA

Resumen

CUT: 175804-2024.

IMPUGNANTE: Norma Soledad Chávez Mamani Viuda De Aguilar.

ÓRGANO: ALA Tambo Alto Tambo.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: Cuando el predio objeto de la solicitud se encuentra en un bloque de riego que cuenta con asignación de agua se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

MARCO NORMATIVO: Literal g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1333-2024

Sumilla

Cuando el predio objeto de la solicitud se encuentra en un bloque de riego que cuenta con asignación de agua se aplicarán los supuestos de excepción contemplados en la normativa para la formalización.

Marco normativo

Literal g) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-2024-MINAGRI.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0556-2025-ANA

Resumen

CUT: 161632-2022.

IMPUGNANTE: Pedro de Antioquía Goicochea Cabanillas.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Corresponde desestimar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe una evaluación técnica de la fuente.

MARCO NORMATIVO: artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 9° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

810-2023

Sumilla

Corresponde desestimar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando no existe una evaluación técnica de la fuente.

Marco normativo

artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, numeral 79.1 del artículo 79°, artículo 81° y 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículo 9° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0554-2025-ANA

Resumen

CUT: 72272-2024.

IMPUGNANTE: Armando Genaro Pérez Angulo.

ÓRGANO: ALA Caplina - Locumba.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: No corresponde otorgar un permiso de uso de agua cuando el predio no cuenta con las obras autorizadas para el aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

856-2024

Sumilla

No corresponde otorgar un permiso de uso de agua cuando el predio no cuenta con las obras autorizadas para el aprovechamiento hídrico.

Marco normativo

Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos y Artículo 34° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0553-2025-ANA

Resumen

CUT: 12447-2022.

IMPUGNANTE: Comisión de Usuarios del Subsector Hidráulico Menor Chivay Anansaya.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica se desestima cuando el administrado no subsana las observaciones realizadas en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

918-2024

Sumilla

La solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica se desestima cuando el administrado no subsana las observaciones realizadas en el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0551-2025-ANA

Resumen

CUT: 38401-2023.

IMPUGNANTE: Marianela Quispitupa Rojas.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar o desviar los cauces de agua sin autorización. Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Las constancias de posesión no otorgan derecho para ocupar el talud de un rio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 0.5 UIT - leve.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

055-2025

Sumilla

Las constancias de posesión no otorgan derecho para ocupar el talud de un rio.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0550-2025-ANA

Resumen

CUT: 240173-2023.

IMPUGNANTE: Minera Yanacocha S.R.L.

ÓRGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Otorgamiento.

SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua no es competente para variar las condiciones aprobadas en el instrumento de gestión ambiental.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133°, 137° y 139° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 5°, 20°, 25° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Junio, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1128-2024

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua no es competente para variar las condiciones aprobadas en el instrumento de gestión ambiental.

Marco normativo

Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133°, 137° y 139° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 5°, 20°, 25° del Reglamento para el Otorgamiento de Autorizaciones de Vertimiento y Reúso de Aguas Residuales Tratadas.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0535-2025-ANA

Resumen

CUT: 134592-2023.

IMPUGNANTE: José Mirlo Campos Núñez.

ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: El permiso de uso de agua, por su naturaleza de ejercicio eventual, es improcedente cuando se solicita para cultivos permanentes.

MARCO NORMATIVO: Numeral 87.1 del artículo 87° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

238-2024

Sumilla

El permiso de uso de agua, por su naturaleza de ejercicio eventual, es improcedente cuando se solicita para cultivos permanentes.

Marco normativo

Numeral 87.1 del artículo 87° Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0548-2025-ANA

Resumen

CUT: 137420-2024.

IMPUGNANTE: Óscar Marino Rimarachín Sánchez.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: -Construir o modificar obras sin autorización -Usar el agua sin derecho -Dañar u obstruir los cauces o cuerpos de agua y los correspondientes bienes asociados.

SUMILLA: Por el principio de razonabilidad, la concurrencia de dos o más infracciones no puede ser sancionada con amonestación escrita.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1), 3) y 5) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y los literales a), b) y p) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

SANCION: 0.5 UIT, calificación - leve.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1412-2024

Sumilla

Por el principio de razonabilidad, la concurrencia de dos o más infracciones no puede ser sancionada con amonestación escrita.

Marco normativo

Numerales 1), 3) y 5) del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y los literales a), b) y p) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0541-2025-ANA

Resumen

CUT: 143742-2024.

IMPUGNANTES: Javier Chambilla Choque.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 39° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

127-2025

Sumilla

Es improcedente la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica cuando no es compatible con el Plan de Gestión de Recursos Hídricos.

Marco normativo

Numeral 32.2 del artículo 32° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 39° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0539-2025-ANA

Resumen

CUT: 254917-2023.

IMPUGNANTES: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Pisco Clase C y los integrantes de su consejo directivo.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Organizaciones de Usuarios.

SUBMATERIA: Incumplir con implementar o ejecutar las disposiciones, medidas y recomendaciones formuladas por la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: El incumplimiento del operador de una medida complementaria en el ámbito de la organización de usuarios de agua configura infracción sancionable.

MARCO NORMATIVO: Literal j) del artículo 111° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI.

SENTIDO: Infundado.

SANCIÓN: 2.1 UIT - Grave.

Fecha de Resolución

Viernes, 30 Mayo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1241-2024

Sumilla

El incumplimiento del operador de una medida complementaria en el ámbito de la organización de usuarios de agua configura infracción sancionable.

Marco normativo

Literal j) del artículo 111° del Reglamento de la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2015-MINAGRI

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas