R.TNRCH. Nº 0650-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 27062-2023.

IMPUGNANTE: Elena Aurora Torres Barreno.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Agua superficial.

SUMILLA: Se deniega la licencia de uso de agua cuando las obras de aprovechamiento no han sido ejecutadas conforme se han aprobado en la autorización.

MARCO NORMATIVO: Artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

312-2024

Sumilla

Se deniega la licencia de uso de agua cuando las obras de aprovechamiento no han sido ejecutadas conforme se han aprobado en la autorización.

Marco normativo

Artículo 85° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0640-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 194491-2022.

IMPUGNANTE: Sociedad Agrícola 3P S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Autorización de ejecución de obras con pozo de reemplazo.

SUBMATERIA: Modificación.

SUMILLA: La modificación de la autorización de ejecución de obras supone que el título esté vigente, en caso
contrario la solicitud será desestimada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar y artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

816-2023

Sumilla

La modificación de la autorización de ejecución de obras supone que el título esté vigente, en caso contrario la solicitud será desestimada.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar y artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0641-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 142471-2023.

IMPUGNANTE: Rosa Gladys Mesía Contreras.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Rectificación de error material.

SUMILLA: Es improcedente la solicitud de rectificación de error material cuando la licencia de uso de agua ha
considerado el área del predio conforme a la partida registral presentada por el administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

806-2023

Sumilla

Es improcedente la solicitud de rectificación de error material cuando la licencia de uso de agua ha
considerado el área del predio conforme a la partida registral presentada por el administrado.

Marco normativo

Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0636-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 238593-2022.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Pachacámac.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización y construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La ejecución de obras sin autorización y el uso del agua sin derecho que se realiza dentro de las instalaciones operadas por la Municipalidad permite determinar su autoría

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

023-2024

Sumilla

La ejecución de obras sin autorización y el uso del agua sin derecho que se realiza dentro de las instalaciones operadas por la Municipalidad permite determinar su autoría

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0635-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 207084-2022.

IMPUGNANTE: Minera Yanacocha S.R.L.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Sustraer el agua cuyo uso ha sido otorgado a terceros o impedir el uso del agua a sus respectivos titulares.

SUMILLA: El compromiso ambiental de descarga mínima en el período de escasez no habilita a que en otros períodos se corte el agua afectando o impidiendo el uso con fines poblacionales y agrarios.

MARCO NORMATIVO: Numeral 4 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal n del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

583-2023

Sumilla

El compromiso ambiental de descarga mínima en el período de escasez no habilita a que en otros períodos se corte el agua afectando o impidiendo el uso con fines poblacionales y agrarios.

Marco normativo

Numeral 4 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos, literal n del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y numeral 6.1 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0632-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 21704-2022.

IMPUGNANTE: Elizabeth Díaz Aliaga.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las defensas, naturales o artificiales, de las márgenes de los cauces y Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Los cauces naturales constituyen bienes de dominio público hidráulico por lo que la ejecución de obras sin autorización y su obstrucción constituyen infracciones sancionables.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

635-2023

Sumilla

Los cauces naturales constituyen bienes de dominio público hidráulico por lo que la ejecución de obras sin autorización y su obstrucción constituyen infracciones sancionables.

Marco normativo

Numeral 5 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0627-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 14313-2023.

IMPUGNANTE: Aruntani S.A.C.

ORGANO: DCERH.

MATERIA: Autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas.

SUBMATERIA: Otorgamiento. 

SUMILLA: No procede otorgar la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas cuando el solicitante no ha cumplido con levantar las observaciones formuladas por la autoridad.

MARCO NORMATIVO: Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133°, 137° y 139° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 5° y 20° del “Reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas”.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Julio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

020-2024

Sumilla

No procede otorgar la autorización de vertimiento de aguas residuales tratadas cuando el solicitante no ha cumplido con levantar las observaciones formuladas por la autoridad.

Marco normativo

Artículo 79° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 133°, 137° y 139° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículos 5° y 20° del “Reglamento para el otorgamiento de autorizaciones de vertimiento y reúso de aguas residuales tratadas”.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0622-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 99304-2023.

IMPUGNANTE: Proyecto Especial Tambo Ccaracocha.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Encauzamiento.

SUMILLA: No corresponde evaluar aspectos de fondo cuando la decisión se limitó a desestimar la petición del administrado por falta de cumplimiento de los requisitos previstos para el inicio del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: El artículo 117° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

751-2023

Sumilla

No corresponde evaluar aspectos de fondo cuando la decisión se limitó a desestimar la petición del administrado por falta de cumplimiento de los requisitos previstos para el inicio del procedimiento. 

Marco normativo

El artículo 117° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0619-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 107369-2023

IMPUGNANTE: Dante Molero Salas

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales

SUMILLA: Los bienes naturales asociados al agua (fajas marginales) constituyen dominio público hidráulico, por lo que la ocupación con instalaciones deportivas no autorizadas por la Autoridad Nacional del Agua, constituye infracción sancionable

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

236-2024

Sumilla

Los bienes naturales asociados al agua (fajas marginales) constituyen dominio público hidráulico, por lo 
que la ocupación con instalaciones deportivas no autorizadas por la Autoridad Nacional del Agua, constituye infracción sancionable.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0607-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 153426-2021.

IMPUGNANTE: Agrícola Don Ricardo S.A.C.

ORGANO: ALA Ica.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando la evaluación de la autoridad determina que no existen recursos durante todo el año conforme lo requiere el proyecto del administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Junio, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

119-2024

Sumilla

No corresponde otorgar la acreditación de disponibilidad hídrica cuando la evaluación de la autoridad
determina que no existen recursos durante todo el año conforme lo requiere el proyecto del administrado

Marco normativo

Artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor