R.TNRCH. Nº 1103-2024-ANA

Resumen

CUT: 91184-2023.

IMPUGNANTE: Olga Virginia Aquino Mamani y Angélica Hermelinda Aquino Mamani Vda. de Gonzales.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Ejecutar obras sin autorización.

SUMILLA: No hay subsanación voluntaria cuando el título habilitante se otorga después del inicio del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

234-2024

Sumilla

No hay subsanación voluntaria cuando el título habilitante se otorga después del inicio del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1102-2024-ANA

Resumen

CUT: 86926-2023.

IMPUGNANTE: Corporación Sarita Colonia S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: El informe final de instrucción no es vinculante para el órgano resolutivo, siempre que este formule una adecuada motivación que justifique su decisión.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

309-2024

Sumilla

El informe final de instrucción no es vinculante para el órgano resolutivo, siempre que este formule una adecuada motivación que justifique su decisión.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1097-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 159995-2023.

IMPUGNANTE: Sergio Martin Roca Arango.

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Las infracciones calificadas como leves no necesariamente se sancionan con amonestación escrita, sino que debe evaluarse en función de los criterios específicos establecidos en la norma.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 19° de la Resolución Jefatural Nº 235-2018-ANA.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

314-2024

Sumilla

Las infracciones calificadas como leves no necesariamente se sancionan con amonestación escrita, sino que debe evaluarse en función de los criterios específicos establecidos en la norma.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277º del reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 19° de la Resolución Jefatural Nº 235-2018-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1094-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 183979-2024.

SOLICITANTE: David Aquino Cahuana.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1013-2024

Sumilla

La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1093-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 193747-2024.

SOLICITANTE: Agropecuaria San Ignacio de Loyola S.A.C.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1078-2024

Sumilla

La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1088-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 95997-2023.

IMPUGNANTE: EMAPAVIGS S.A.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Utilizar el agua con mayores volúmenes o caudales que los otorgados.

SUMILLA: El pago efectuado por el uso del agua en exceso no constituye título habilitante para usar el recurso hídrico en mayores volúmenes a los otorgados en la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal i del artículo 277° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

307-2024

Sumilla

El pago efectuado por el uso del agua en exceso no constituye título habilitante para usar el recurso hídrico en mayores volúmenes a los otorgados en la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal i del artículo 277° de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. N° 1080-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 53510-2023.

IMPUGNANTE: Vilma Peceros Quispe.

ORGANO: AAA Pampas-Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: -Construir o modificar obras sin autorización.
                          -Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: La delimitación de la faja marginal prohíbe la ocupación y/o construcción de obras en su ámbito, incluso si se alega la existencia de propiedad privada.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literales b) y f) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

379-2024

Sumilla

La delimitación de la faja marginal prohíbe la ocupación y/o construcción de obras en su ámbito, incluso si se alega la existencia de propiedad privada.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literales b) y f) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. N° 1077-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 105683-2023.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicio de Saneamiento del Anexo de Cullpa Baja.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que, en el balance hídrico, se consideren los derechos de uso previamente otorgados.

MARCO NORMATIVO: Artículo 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

799-2024

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que, en el balance hídrico, se consideren los derechos de uso previamente otorgados.

Marco normativo

Artículo 81º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 12º del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural Nº 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1074-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 178734-2023.

IMPUGNANTE: Rubén Nacor Serrano Flores y Pablo Leoncio Gloria Moreno.

ORGANO: AAA Huarmey - Chicama.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador- Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho o autorización. Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La sanción que se impone se determina para cada caso en particular, por lo que no se puede utilizar el los parámetros de otro procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

590-2024

Sumilla

La sanción que se impone se determina para cada caso en particular, por lo que no se puede utilizar el los parámetros de otro procedimiento.

Marco normativo

Numerales 1 y 3 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y los literales a) y b) del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1069-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 71915-2023.

IMPUGNANTE: Mery Leonor Muñoz Pizarro.

ORGANO: AAA Cañete Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar las aguas.

SUMILLA: Cuando en la inspección ocular se constata la captación del recurso hídrico sin derecho de uso, queda acreditada la infracción del uso del agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 02 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

446-2024

Sumilla

Cuando en la inspección ocular se constata la captación del recurso hídrico sin derecho de uso, queda acreditada la infracción del uso del agua sin derecho.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos. 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor