R.TNRCH. Nº 0555-2021-ANA

Resumen

CUT N°:158182-2020.

IMPUGNANTE: Celestino Yactayo Villalobos.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Incumplir con implementar o ejecutar las disposiciones, medidas y recomendaciones formuladas por la Autoridad Nacional del Agua 

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°930-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA; por haberse vulnerado el Principio de Legalidad, con lo cual se incurre en causal de nulidad contenida en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, y en consecuencia se dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado contra el señor Celestino Yactayo Villalobos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 43.2 del artículo 43° y el numeral 97.3 del artículo 97°del Reglamento de 
la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua

SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Octubre, 2021

N° de Expediente TNRCH

571-2020

Sumilla

El órgano de primera instancia debió haber eximido también al señor Celestino Yactayo Villalobos, miembro del Consejo Directivo (responsable solidario), lo cual no sucedió, pues se mantuvo la sanción solo contra el referido administrado como autor de la infracción.

Marco normativo

Numeral 43.2 del artículo 43° y el numeral 97.3 del artículo 97°del Reglamento de 
la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0541-2021-ANA

Resumen

CUT N°:27030-2021.

ADMINISTRADO: Casilda Margarita Mamani Mamani.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°488-2020-ANA-AAA.CO, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y de la Resolución Directoral N°1661-2020-ANA-AAA.CO, en atención a lo dispuesto en el numeral 13.1 del articulo 13° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo conforme al numeral 4.18 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: artículo 213° del TUO de la Ley del  Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Octubre, 2021

N° de Expediente TNRCH

088-2021

Administrado

Casilda Margarita Mamani Mamani.

Sumilla

 La Autoridad Administrativa del Agua otorgó una licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, sin observar que no contaba con competencia para conceder el citado derecho, vulnerando con ello, la correcta administración y disposición de un recurso natural.

Marco normativo

artículo 213° del TUO de la Ley del  Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0540-2021-ANA

Resumen

CUT N°:12232-2021.

ADMINISTRADO: Francisco Eusebio Mamani Enaro.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°480-2020-ANA-AAA.CO, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y de la Resolución Directoral N°1638-2020-ANA-AAA.CO, en atención a lo dispuesto en el numeral 13.1 del articulo 13° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.18 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: artículo 213° del TUO de la Ley del  Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Octubre, 2021

N° de Expediente TNRCH

084-2021

Administrado

Francisco Eusebio Mamani Enaro

Sumilla

 La Autoridad Administrativa del Agua otorgó una licencia de uso de agua superficial con fines agrarios, sin observar que no contaba con competencia para conceder el citado derecho, vulnerando con ello, la correcta administración y disposición de un recurso natural.

Marco normativo

artículo 213° del TUO de la Ley del  Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0506-2021-ANA

Resumen

CUT N°:79076-2021.

IMPUGNANTE:  CONSORCIO VIAL QUILLABAMBA.

ÓRGANO:  AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de las Resoluciones Directorales N°089-2021-ANA-AAA.UV y N°159-2021-ANA-AAA.UV por haberse vulnerado los Principios del Debido Procedimiento y de Causalidad, disponiéndose el archivo del Procedimiento Administrativo Sancionador.

MARCO NORMATIVO: Sub numeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general. 

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 22 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

350-2021

Sumilla

Se ha transgredido el Principio de Causalidad y del Debido Procedimiento.

Marco normativo

Sub numeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general. 

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0497-2021-ANA

Resumen

CUT N°:39655-2021.

IMPUGNANTE: Damiana Mamani Calizaya.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia Uso de Agua.

SUMILLA: Se resuelve declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°282-2021-ANA-AAA.CO; y, asimismo, se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña notifique la Resolución Directoral Nº 416-2020-ANA-AAA.CO a los sucesores del señor Alejandro Quispe Mamani.

MARCO NORMATIVO: Resolución  N°1245-2019-ANA-TNRCH

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 17 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

257-2021

Sumilla

Cuando un administrado fallece, corresponde a sus sucesores continuar con el procedimiento administrativo, para la cual se otorga el plazo de 30 dias a las personas que consideren o acrediten tal condición y puedan apersonarse al procedimiento.

Marco normativo

Resolución  N°1245-2019-ANA-TNRCH

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0491-2021-ANA

Resumen

CUT N°:13223- 2021.

ADMINISTRADO: Comité de Usuarios de Agua Challhuapuquio.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°1086-2020-ANA-AAA-PA, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.18 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 15 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

062-2021

Administrado

Comité de Usuarios de Agua Challhuapuquio

Sumilla

Este Tribunal determina que existe una clara afectación al interés público por haberse generado una contravención a las normas que se encuentran referidas a la correcta administración y disposición de un recurso natural, pues la gestión del agua repercute en la colectividad.

Marco normativo

Numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0481-2021-ANA

Resumen

CUT N°:148782-2020.

ADMINISTRADO: Román Baldera Sandoval.

ÓRGANO: ALA Chancay - Lambayeque.

MATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº428-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 2 del artículo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.15 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

043-2021

Administrado

Román Baldera Sandoval

Sumilla

Este Tribunal determina que existe una clara afectación al interés público por haberse generado una contravención a las normas que se encuentran referidas a la correcta administración y disposición de un recurso natural, pues la gestión del agua repercute en la colectividad.

Marco normativo

Numeral 2 del articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0462-2021-ANA

Resumen

CUT N°:175901-2020.

ADMINISTRADO: Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo. 

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la resolución ficta recaída en el procedimiento de autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 3 del articulo 10º del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, e improcedente la solicitud de autorización de ejecución de obra de aprovechamiento hídrico en base a los fundamentos expuestos en los numerales 4.14 al 4.17 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 01 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

111-2020

Administrado

 Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Arequipa.

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua en mérito  a la aplicación del silencio administrativo positivo operado, otorgó el permiso al administrado sin contar  con  la acreditación de la certificación ambiental del proyecto, requisito imprescindible para el otorgamiento de una autorización de ejecución de obras de aprovechamiento Hídrico.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0468-2021-ANA

Resumen

CUT N°:119875-2021.

ADMINISTRADO: Segundo Zapata Silva.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N°260-2020-ANA-AAA-JZ-V, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.17 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 03 Septiembre, 2021

N° de Expediente TNRCH

397-2021

Administrado

Segundo Zapata Silva.

Sumilla

La Autoridad Administrativa del Agua modifico y otorgo una licencia de uso de agua sin observar que no contaba con competencia para conceder el derecho, vulnerando la correcta administracion y disposicion de un recurso natural.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0458-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 83677-2021.

IMPUGNANTE: Consorcio de Ingenieros Ejecutores Mineros S.A.

ÓRGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 196-2021-ANA-AAA.TIT por incurrir en la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose además el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Agosto, 2021

N° de Expediente TNRCH

270-2021

Sumilla

Se considera que se ha transgredido el Principio de Tipicidad, configurandose la causal de nulidad.

Marco normativo

Artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor