R.TNRCH. Nº 0439-2021-ANA
Resumen
CUT N°:13182-2021.
SOLICITANTE: Germán Ramos Vilcayaure.
ÓRGANO: ALA Chancay - Huaral.
MATERIA: Permiso de Uso de Agua.
SUBMATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua
SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°163-2019-ANA-AAA-CF-ALA.CHANCAY-HUARAL, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se dispone retrotraer el presente procedimiento administrativo a fin de que la Administración Local de Agua Chancay-Huaral emita un nuevo pronunciamiento respecto de la solicitud de permiso de uso de agua presentada por el señor Germán Ramos Vilcayaure y la señora Margarita Palomino Aguado para el riego de su predio con UC N' 5906.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: NULIDAD
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Frente al fallecimiento de un titular de derecho de uso de agua corresponderá a las Autoridades Administrativas del Agua, la competencia para declarar la extincion del derecho de uso de agua por caducidad, para lo cual, se deberá instruir un procedimiento previo con la finalidad de notificar a los interesados o posibles afectados; la Administracion Local del Agua dispuso la extincion del derecho de uso de agua, por lo tanto, el acto administrativo es nulo.
Marco normativo
Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.