R.TNRCH. Nº 0099-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 40211-2021.

ADMINISTRADOS: Emilio Moreano Teves, Juan Falfel Sánchez Chalco y Víctor Moreano Guerra.

ÓRGANO:  AAA Pampas-Apurímac.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº 015-2021-ANA-AAA.PA en los extremos referidos a los artículos 3º, 4º y 5º sobre autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico, por haberse determinado que fue emitida incurriendo en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, quedando subsistente los demás extremos de la mencionada resolución. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico presentada por los señores Emilio Moreano Teves, Juan Falfel Sánchez Chalco y Víctor Moreano Guerra.

MATERIA: Autorizacion de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Febrero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

444-2021

Administrado

Emilio Moreano Teves, Juan Falfel Sánchez Chalco y Víctor Moreano Guerra

Sumilla

El solicitante no cumplió con presentar la Certificación Ambiental o en su defecto el pronunciamiento de la autoridad señalando que no se requiere de la misma, constituyendo un requisito para tramitar la autorización de ejecución el cual no puede ser inobservado en virtud de lo dispuesto por el Principio de Legalidad.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0095-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 178019-2021.

ADMINISTRADA: Martha Inés Santisteban Barreto.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 607-2019-ANA-AAA-JZ-ALA.CHL, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y de la Resolución Directoral Nº 616-2020-ANA-AAA-JZ-V, en atención a lo dispuesto en el numeral 13.1 del artículo 13º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; disponiéndose la reposición del procedimiento administrativo conforme al numeral 4.19 de la presente resolución. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUB MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad.

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Febrero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

632-2021

Sumilla

La ALA no consideró y tramitó la solicitud de la impugnante sin poner en conocimiento del procedimiento administrativo a los demás titulares del predio, a su vez no se observa algún documento que actúa en representación de los copropietarios, ya que al otorgar la licencia de uso de agua por cambio de titular se efectua con las mismas condiciones en que fue otorgado la licencia primigenia conservando las caracteristicas, ya que solo acreditó la transferencia de un porcentaje de las acciones y derechos del predio.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0087-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 58198-2021.

ADMINISTRADO:  Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase A.

ÓRGANO: ALA Jequetepeque.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 407-2020-ANA-AAA.V-JZ/ALAJ, por haberse determinado la existencia de la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento de conformidad con lo establecido en el numeral 4.17 de la presente resolución.

MATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUB MATERIA: 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Febrero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

203-2021

Administrado

Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Jequetepeque Clase A

Sumilla

Se ha considerado los usuarios del Bloque de Riego Áreas Nuevas PJET1201-B47 en un sector hidráulico que no les corresponde, para efectos del pago de la tarifa por la utilización de la infraestructura hidráulica menor del año 2021, siendo usuarios directos del operador de infraestructura hidráulica mayor y deben contribuir con el pago de la tarifa por la utilización de la infraestructura de la cual reciben abastecimiento de agua y cuyo operador responsable de su recaudación es el Proyecto Especial Jequetepeque Zaña.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0093-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 147345-2021.

SOLICITANTE: Nuby Palacios Ojeda.

ÓRGANO: ALA San Lorenzo.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 0101-2021-ANA-AAA.JZ-ALA.SL, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y se declara improcedente la solicitud formulada por la señora Nuby Palacios Ojeda.

MATERIA: Extinción y Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua

SUB MATERIA:

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Febrero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

569-2021

Sumilla

La impugnante no ha acreditado la titularidad del predio, de ser el caso, se le exigirá estar al día en el pago de la retribución económica.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0075-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 99712-2021.

ADMINISTRADO: Marciano Valiente Siesquen.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N° 093-2021 ANA-AAA.JZ-ALA.CHL por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; e improcedente la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua por cambio de titular presentada por el señor Luis Beltrán Tejada Chávez.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Viernes, 04 Febrero, 2022

N° de Expediente TNRCH

372-2021

Sumilla

El interesado no ha acreditado la transferencia de la titularidad a su favor respecto del predio con Código Catastral 62792 de 1.1885 ha, requisito que debe cumplir para la extinción y otorgamiento de la licencia de uso de agua por cambio de titular solicitada.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0054-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 178035-2021.

ADMINISTRADO: Martha Inés Santisteban Barreto.

ÓRGANO: ALA Chancay-Lambayeque.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 608-2019-ANA-AAA.JZ-ALA.CHL, por haberse determinado la existencia de la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento de conformidad con lo establecido en el numeral 4.13 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

596-2021

Sumilla

La ALA no puso en conocimiento a los demás integrantes de la Sucesión de Petronila Barreto Arce, acerca de la solicitud sobre extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua formulada por la señora Martha Inés Santisteban Barreto, incurriendo a una vulneración al Principio del Debido Procedimiento y al derecho de defensa.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0053-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 88916-2021.

ADMINISTRADO: Damiana Arce Arce.

ÓRGANO: ALA Ramis.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de la Resolución Administrativa N° 114-2021-ANA-AAA.TIT-ALA.RM, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del presente procedimiento administrativo conforme al numeral 4.19 de la presente resolución.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

502-2021

Sumilla

Al no existir certeza del predio adquirido por la solicitante, resulta necesario que la ALA realice una verificación técnica de campo a fin de constatar si se trata o no de la misma área.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0042-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 121649-2021.

ADMINISTRADOS: Héctor Rafael Herrera Terán y Dora del Rocío Castro Rodríguez.

ÓRGANO: ALA Chicama.

SUMILLA: Se declara de oficio la nulidad de las Resoluciones Administrativas Nº 0076-2021-ANA-AAA.HCH-ALA.CHICAMA y Nº 0077-2021-ANA-AAA.HCH-ALA.CHICAMA, por haberse determinado la existencia de la causal de nulidad prevista en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, disponiéndose la reposición del procedimiento de conformidad con lo establecido en el numeral 4.16 de la presente resolución.

MATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo.

SUB MATERIA: Superávit hídrico

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

402-2021

Administrado

Héctor Rafael Herrera Terán y Dora del Rocío Castro Rodríguez.

Sumilla

No se ha cumplido con lo establecido en la Resolución Jefatural Nº 058-2018-ANA de otorgar permisos de uso de agua bajo la modalidad de formalización a las organizaciones de usuarios de agua; el órgano de primera instancia otorgó a personas naturales incurriendo en causal de nulidad, a la vez carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación y la solicitud de suspensión de la ejecución solicitado.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0040-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 130938-2021.

IMPUGNANTE: Hidroeléctrica Cola S.A.

ÓRGANO: AAA Huarmey - Chicama.

SUMILLA: 

i) Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Hidroeléctrica Cola S.A. contra la Resolución Directoral N° 604-2021-ANA-AAA.HCH, y en consecuencia, nulo el artículo primero de la citada resolución.

ii) Disponer la reposición del procedimiento a fin de que la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey – Chicama emita el pronunciamiento de fondo respecto a la solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica presentada por la empresa Hidroeléctrica Cola S.A,

iii) Se declara la nulidad del artículo segundo de la Resolución Directoral Nº 604-2021-ANA-AAA.HCH, por contravención al principio de Legalidad.

iv) Desaprobar la solicitud de abstención del Ing. Roberto Suing Cisneros, Director de la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey-Chicama, formulada por la empresa Hidroeléctrica Cola S.A., para conocer el procedimiento de acreditación de disponibilidad hídrica con CUT Nº 130938-2021.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica

MARCO NORMATIVO: Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

580-2021

Sumilla

Se pronunciaron con los fundamentos que habían sido evaluados en la Resolución Directoral N° 0263-2021-ANA-AAA.HCH, sin considerar que se trataba de una nueva solicitud y que debía ser evaluada como tal.

Marco normativo

Artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo 
General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0035-2022-ANA

Resumen

CUT N°: 157035-2021.

ADMINISTRADO: Josué Alexis Grande Chan.

ÓRGANO:  ALA Caplina-Locumba,

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa Nº 173-2019 ANA-AAA.CO-ALA.CL, por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y resolviendo sobre el fondo del asunto, se desestima la solicitud de extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua presentada por el señor Josué Alexis Grande Chan en fecha 01.10.2019, por incumplir con lo establecido en el numeral 65.3 del artículo 65º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y en el numeral 23.1 del artículo 23º del “Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua”.

MATERIA: Revisión de oficio.

SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de licencia de uso de agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad

Fecha de Resolución

Miércoles, 26 Enero, 2022

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

582-2021

Sumilla

Se declara la nulidad de oficio por contravenir la norma en materia hidrica y vulnerando un derecho fundamental, el solicitante no ha demostrado la transferencia del predio.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor