R.TNRCH. Nº 0440-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 211270-2022

IMPUGNANTE: Quimex S.A.

ORGANO: ALA Jequetepeque

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Quimex S.A. contra la Resolución Administrativa N° 0027-2023-ANA-AAA.JZ-ALA.J, porque dicho acto administrativo fue emitido conforme a Ley.

MATERIA: Retribución Económica

SUB MATERIA: Por el Uso del Agua 

MARCO NORMATIVO: Literal b) del numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 115-2021-ANA

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

120-2023

Sumilla

Se concluye que el pedido del apelante para que se deje sin efecto el Recibo N° 2021S04919 y se realice un nuevo cálculo de la retribución económica por el uso de agua subterránea del periodo 2020 carece de sustento, se encuentra técnica y legalmente justificada y; en consecuencia, corresponde confirmar
la decisión adoptada en la resolución impugnada.

Marco normativo

Literal b) del numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 115-2021-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0439-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 211276-2022

IMPUGNANTE: Quimex S.A.

ORGANO: ALA Jequetepeque

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Quimex S.A. contra la Resolución Administrativa N° 0028-2023-ANA-AAA.JZ-ALA.J, porque dicho acto administrativo fue emitido conforme a Ley.

MATERIA: Retribución Económica

SUB MATERIA: Por el Uso de Agua

MARCO NORMATIVO: Literal b) del numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 115-2021-ANA

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

116-2023

Sumilla

Se concluye que el pedido del apelante para que se deje sin efecto el Recibo N° 2022S04669 y se realice un nuevo cálculo de la retribución económica por el uso de agua subterránea del periodo 2021 carece de sustento, se encuentra técnica y legalmente justificada y; en consecuencia, corresponde confirmar
la decisión adoptada de la resolución impugnada.

Marco normativo

Literal b) del numeral 2.2 del artículo 2° de la Resolución Jefatural N° 115-2021-ANA

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0438-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 18821-2020

SOLICITANTE: Autoridad Administrativa del Agua Cañee - Fortaleza

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 173-2020-ANA-AAACAÑETE-FORTALEZA, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo; y la Resolución Directoral N° 376-2021-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, debido a que no se ha configurado alguna causal de nulidad prevista en el artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Prescripcion de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 09 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

106-2023

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0437-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 3861-2022

IMPUGNANTE: Vilma Reina Tevez Riquelme

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña

SUMILLA: Se declara fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por Vilma Reina Tevez Riquelme contra la Resolución Directoral N° 960-2022-ANA-AAA.CO, reduciéndose el monto de la multa a 0.5 UIT.  

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Destinar las Aguas a Uso distinto al Cual Fueron Otorgadas 

MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

109-2023

Sumilla

Por ser predio ajeno al que se destina el agua es un colindante con 0,27 hectáreas, cuya extensión representa el 5% de aquel que tiene el derecho; es decir, se trata de una infracción con menor impacto, por lo que corresponde reducir al monto mínimo a un 0.5 UIT (monto mínimo de las infracciones leves).
Se advierte la corrección gramatical no altera el contenido sustancial ni el sentido de la decisión adoptada, se rectifica de oficio la resolución con el fin de que figure la denominación de la infractora de manera correcta.

Marco normativo

Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0436-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 229185-2022

IMPUGNANTE: Leoncio Aparicio Rodríguez Cabanillas

ORGANO: ALA Moche - Virú - Chao

SUMILLA: Remitir el expediente a la Autoridad Administrativa del Agua Huarmey – Chicama para los fines indicados en el numeral 5.3 de la presente resolución, careciendo de objeto el emitir pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto por el señor Leoncio Aparicio Rodríguez Cabanillas contra la Carta N° 0018-2023-ANA-AAA.HCH-ALA.MVCHAO.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua 

SUB MATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua

MARCO NORMATIVO: Numeral 197.1 del artículo 197° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Carece de Objeto

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

101-2023

Sumilla

Corresponde remitir al órgano desconcentrado el expediente administrativo para que actué acorde con sus
atribuciones, careciendo de objeto emitir pronunciamiento sobre el recurso de apelación interpuesto contra la Carta.

Marco normativo

Numeral 197.1 del artículo 197° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0435-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 57146-2022

RECURRENTE: Proyecto Especial Regional Pasto Grande

ORGANO: TNRCH

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de revisión interpuesto por el Proyecto Especial Regional Pasto Grande contra la Resolución N° 0070-2023-ANA-TNRCH, por haberse agotado la vía administrativa con la emisión de la referida resolución. 

MATERIA: Plan de Aprovechamiento Hídrico

SUB MATERIA: 

MARCO NORMATIVO: Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Improcedente

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

793-2022

Sumilla

Deviene en improcedente, por haberse agotado la vía administrativa con la emisión de la referida resolución.

Marco normativo

Artículo 22° de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0434-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 134951-2022

SOLICITANTE: Compañía Minera Kolpa S.A.

ORGANO: Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos

SUMILLA: Se declara que carece de objeto pronunciarse respecto a la queja por defecto de tramitación presentada por Compañía Minera Kolpa S.A. contra la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, por haberse producido la sustracción de la materia. 

MATERIA: Procedimiento Administrativo General

SUB MATERIA: Queja por Defecto de Tramitación

MARCO NORMATIVO: Numeral 10.1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Carece de Objeto

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

098-2022

Sumilla

Carece de objeto pronunciarse sobre la queja, por haberse producido la sustracción de la materia.

Marco normativo

Numeral 10.1 del artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0433-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 102504-2022

IMPUGNANTE: Operador Nacional de Hoteles del Perú S.A.C.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza 

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Operador Nacional de Hoteles del Perú S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 029-2023-ANA-AAA.CF, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.  

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: Artículo 123° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 280.1 del artículo 280° del reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

077-2023

Sumilla

Los argumentos impugnatorios no determinan que la medida complementaria dispuesta en el Artículo 2° resolución apelada resulte viciada, irregular o arbitraria, pues ha sido dictada en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Recursos Hídricos y su reglamento. Más aun, cuando en virtud del Principio Precautorio no requiere demostrar la existencia de peligro, daño grave o irreversible sobre las fuentes de agua, para adoptar las medidas que considere necesarias.

Marco normativo

Artículo 123° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 280.1 del artículo 280° del reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0432-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 87146-2022

IMPUGNANTE: Multiservicios Ecogas S.A.C.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza 

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por Multiservicios Ecogas S.A.C. contra la Resolución Directoral N° 024-2023-ANA-AAA.CF, debido a que sus argumentos impugnatorios han sido desvirtuados.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización, Construir o modificar obras sin autorización

MARCO NORMATIVO: Artículo 248°, numeral 212.1 del artículo 212°del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

099-2023

Sumilla

Este tribunal considera que no existe arbitrariedad en la imposición de la sanción contenida en la resolución, no puede reducirse por debajo de 0.5 UIT, por corresponder al monto mínimo permitido para las multas dentro de las infracciones leves.
Se realiza la corrección gramatical, no altera el contenido sustancial ni el sentido de la decisión adoptada, con el fin de que figure la denominación de la infractora de manera correcta.

Marco normativo

Artículo 248°, numeral 212.1 del artículo 212°del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
Numeral 278.2 del artículo 278° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0431-2023-ANA

Resumen

CUT N°: 152718-2020

IMPUGNANTE: Complejo Agroindustrial Beta S.A.

ORGANO: ALA Motupe-Olmos-La Leche

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Complejo Agroindustrial Beta S.A. contra la Resolución Administrativa N° 0001-2023-ANA-AAA.JZ.ALA.MOLL, porque dicha resolución fue emitida conforme a derecho.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua

SUB MATERIA: Superavit Hidrico

MARCO NORMATIVO: Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 6.111 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 07 Junio, 2023

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

086-2023

Sumilla

La resolución apelada ha expuesto el motivo fáctico y jurídico por el cual se denegó lo solicitado, por que no se cumplió con el requisito de que el predio cuente con las obras autorizadas de captación, conducción, utilización, avenamiento, medición y las demás que fuesen necesarias para el uso eventual. Por lo tanto, se concluye que se ha emitido un pronunciamiento acorde con los principios de legalidad, razonabilidad y verdad material, dando cumplimiento a la exigencia de motivación del acto administrativo.

Marco normativo

Artículo 60° de la Ley de Recursos Hídricos.
Numeral 6.111 del artículo 6° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor