R.TNRCH. Nº 0337-2021-ANA
Resumen
CUT N°: 132880-2020.
IMPUGNANTE: Agrolmos S.A.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.
SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 075-2020-ANA-AAA.JZ-V y la Resolución Directoral N° 950-2020-ANA-AAA.JZ-V por haberse vulnerado el principio de tipicidad y el debido procedimiento; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador.
MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: NULIDAD
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Se ha podido advertir que la subsuncion realizada por la administracion no se enmarca en la infraccion, puesto que corresponde a otra infraccion, por lo que corresponde declarar la nulidad del acto administrativo, y disponer el archivo del procedimiento administrativo sancionador.
Marco normativo
Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.