R.TNRCH. Nº 0337-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 132880-2020.

IMPUGNANTE: Agrolmos S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:   Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 075-2020-ANA-AAA.JZ-V y la Resolución Directoral N° 950-2020-ANA-AAA.JZ-V por haberse vulnerado el principio de tipicidad y el debido procedimiento; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

156-2021

Sumilla

Se ha podido advertir que la subsuncion realizada por la administracion no se enmarca en la infraccion, puesto que corresponde a otra infraccion, por lo que corresponde declarar la nulidad del acto administrativo, y disponer el archivo  del procedimiento administrativo sancionador.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0336-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 27868-2021.

IMPUGNANTE: Consulting & Mining Services S.R.L.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:   Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Directoral N° 008-2021-ANA-AAA-CH.CH por Consulting & Mining Services S.R.L., porque dicho acto administrativo ha sido emitido conforme a Ley.

MARCO NORMATIVO:  artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

184-2021

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el administrado contra el acto administrativo, por haberse emitido conforme a ley.

Marco normativo

 artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0335-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 176144-2020.

IMPUGNANTE: La Colonial Fábrica de Hilos S.A. 

ÓRGANO:  AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA:  Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de las Resolución Directoral N° 271-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA y la Resolución Directoral N° 844-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por haber sido emitidas contraviniendo el Principio del Debido Procedimiento.  Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento conforme con lo indicado en el numeral 6.11 de la presente resolución.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

109-2021

Sumilla

El tribunal considera que la autoridad tenia el deber de encauzar el procedimiento para dar tramite correcto a la solicitud del adminsitrado, se inobservo el principio del debido procedimiento, incurriendo el casual de nulidad. 

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0332-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 140370-2020.

IMPUGNANTE: Proyecto Especial Jequetepeque Zaña.

ÓRGANO:  AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA:  Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Caducidad de procedimiento administrativo sancionador

SUMILLA: Se declara de oficio la caducidad administrativa del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el Proyecto Especial Jequetepeque Zaña a través de la Notificación N° 214-2019-ANA-AAA.V-JZ/ALA-J, en consecuencia, se dispone el archivo de dicho procedimiento, dejándose sin efecto la Resolución directoral N° 1524-2020-ANA-AAA-JZ-V.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: CADUCIDAD 

Fecha de Resolución

Miércoles, 16 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

149-2021

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador porque la resolución de sanción se emitió con posterioridad a los nueve (09) meses que establece la norma para resolver el procedimiento. 

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 259° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0318-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 112140-2020.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Revisión de Oficio. 

SUBMATERIA: Revisión de oficio de acto administrativo

SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N° 2685-2019-ANA-AAA.JZ-V, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del procedimiento Administrativo General; asimismo, se declara improcedente la solicitud de licencia de uso de agua presentada por el señor Carlos Montenegro Guerrero y la señora Edita Vidarte Arrosemena por no haber acreditado la titularidad del predio con CC N° 69337 ubicado en el distrito de Chongoyape, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NULIDAD

Fecha de Resolución

Viernes, 11 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

0413-2020

Sumilla

Por no haberse acreditado la titularidad del predio en el cual se destina el uso de agua, no correspondía que la administración local del agua otorge la licencia de uso de agua a los administrados, por lo tanto,  se declara la nulidad del acto administrativo, y,  improcedente  la solicitud de licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0317-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 48212-2021.

IMPUGNANTE: Asunción Alipio Ancco Gonzáles.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Asunción Alipio Ancco Gonzáles contra la Resolución Directoral Nº 1253-2020-ANA/AAA.CO, por no haberse desvirtuado la comisión de la infracción contenida en el literal g) del articulo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

MARCO NORMATIVO: numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

172-2021

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el administrado contra el acto administrativo, por haberse emitido conforme a ley.

Marco normativo

numeral 3 del artículo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0316-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 163860-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Moliendo.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo contra la Resolución Directoral Nº 1238-2020-ANA-AAA.CO, debido a que se han desvirtuado los argumentos de la impugnante.

MARCO NORMATIVO: numeral 13 del artículo 66° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                                  artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

589-2020

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el administrado contra el acto administrativo, por haberse emitido conforme a ley.

Marco normativo

numeral 13 del artículo 66° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.                                                                             artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0315-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 52090-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Valle del Tambo y otros.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Valle del Tambo y la Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo contra la Resolución Directoral N° 227-2020-ANA-AAA.CO, por haberse desvirtuado los argumentos de los impugnantes.

Se declaran improcedentes los recursos de apelación interpuestos por la Municipalidad Distrital de Cocachacra y la señora Mary Luzmila Marroquín León contra la Resolución Directoral N° 227-2020-ANA-AAA.CO, por falta de legitimidad para obrar.

MARCO NORMATIVO:  artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

282-2020

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el administrado contra el acto administrativo, por haberse emitido conforme a ley.

Marco normativo

 artículo IV del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0312-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 29487-2021.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorizacion.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°371-2019-ANA/AAA-HUALLAGA porque la citada resolución no ha incurrido en alguna de las causales previstas en el artículo 10° del TUO de la Ley N°27444. Ley del Procedimiento Administrativo General.

MARCO NORMATIVO: artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

105-2021

Sumilla

La resolución apelada ha sido emitida acorde con las disposiciones normativas, no existiendo alguna causal de nulidad.

Marco normativo

artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0311-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 181345-2020.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina San Antonio de Quisipata.

ÓRGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Campesina de San Antonio de Quisipata contra la Resolución Directoral Nº 869-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, por haberse emitido conforme a derecho.

MARCO NORMATIVO: artículo VI del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

SENTIDO: INFUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 09 Junio, 2021

N° de Expediente TNRCH

048-2021

Sumilla

Se declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el administrado contra el acto administrativo, por haberse emitido conforme a ley.

Marco normativo

artículo VI del Título Preliminar del Texto Único ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo general.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor