R.TNRCH. Nº 0812-2019-ANA
Resumen
CUT N°:194094-2018.
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.
MATERIA: Revisión de Oficio de Acto Administrativo.
SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico
SUMILLA: Se resuelve declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°2925-2017-ANA-AAA-JZ-V, por encontrarse incursa en la causal de nulidad contemplada en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General y se dispone que la
Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque-Zarumilla emita un nuevo pronunciamiento conforme a lo señalado en el numeral 4.15 de la presente resolución.
MARCO NORMATIVO: Artículo 10° y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16° Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA
SENTIDO: NULIDAD DE OFICIO / RETROTRAER
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Es nula la autorización de ejecución de obras, cuando se determina que el documento presentado como certificación ambiental no fue emitida por la autoridad competente ni tampoco corresponde al proyecto de aprovechamiento hídrico
Marco normativo
Artículo 10° y numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; artículo 84° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16° Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado con la Resolución Jefatural N°007-2015-ANA