R.TNRCH. Nº 1362-2024-ANA
Resumen
CUT: 180102-2024.
IMPUGNANTE: Rafael Wilfredo La Torre Moscoso y otros.
ORGANO: ALA Perene.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.
SUMILLA: Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido. La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, las denuncias se presentaron luego de vencido el plazo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).
SENTIDO: Improcedentes / No haber mérito.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido. La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, las denuncias se presentaron luego de vencido el plazo.
Marco normativo
Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).