R.TNRCH. Nº 1362-2024-ANA

Resumen

CUT: 180102-2024.

IMPUGNANTE: Rafael Wilfredo La Torre Moscoso y otros.

ORGANO: ALA Perene.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido. La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, las denuncias se presentaron luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

SENTIDO: Improcedentes / No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1096-2024

Sumilla

Es improcedente la intervención de terceros cuando el procedimiento ha concluido. La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, las denuncias se presentaron luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1158-2024-ANA

Resumen

CUT: 14492-2023.

SOLICITANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Agua subterránea.

SUMILLA: No procede la nulidad de oficio cuando el acto administrativo no está afectado por vicio alguno.

MARCO NORMATIVO: Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente el desistimiento y no haber mérito.

Fecha de Resolución

Jueves, 31 Octubre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

212-2024

Sumilla

No procede la nulidad de oficio cuando el acto administrativo no está afectado por vicio alguno

Marco normativo

Artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0428-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 200349-2022.

SOLICITANTE: Comité de Usuarios Lachocc Ccaranay Allccaccocha-Central Checche.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Formalización de uso de agua.

SUMILLA: La nulidad de oficio se desestima cuando el derecho de uso de agua no afecta a terceros.

MARCO NORMATIVO: Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 34° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 3° y 4° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

SENTIDO: Improcedente y no haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Mayo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

527-2023

Sumilla

La nulidad de oficio se desestima cuando el derecho de uso de agua no afecta a terceros

Marco normativo

Numeral 71.3 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 34° de la Ley de Recursos Hídricos, artículos 3° y 4° de la Resolución Jefatural N° 058-2018-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas