R.TNRCH. Nº 0711-2022-ANA
Resumen
CUT N°: 69886–2022.
SOLICITANTE: Comité de Usuarios de Agua Canal Ancahuasi y Humachuyro.
ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.
SUMILLA: Se declara no haber mérito para declarar la nulidad de las Resoluciones Directorales Nº 1909-2018-ANA-AAA-CH.CH y Nº 2122-2019-ANA-AAA-CH.CH, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dichos actos administrativos.
MATERIA: Licencia de Uso de Agua.
SUB MATERIA: Regularizacion o formalización de Licencia de Uso de Agua.
MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: No haber merito
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La revisión de oficio de un acto administrativo por parte del Tribunal no procede cuando transcurre el plazo de 2 años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó con posterioridad a dicho plazo.
Marco normativo
Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General