sancionar, administrativamente a la empresa Citrosweet Mills SAC., con RUC 20604295131, por: 1) Usar el agua de un pozo a tajo abierto, en dos (2) calderos en la planta de proceso (lavado, picado, otros), servicios higiénicos y comedor; y 2) descarga de aguas residuales al canal Colector Izquierdo y al L1 Aguirre, producto del proceso de pelado, picado, otros, a través de 02 canaletas y 1 tubería, al canal de riego, calificándose la infracción como grave, e imponiéndose finalmente una multa ascendente a tres coma cinco (3,5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); vigente al momento de su pago, por la infracción contemplada en el numeral 1 del artículo 120 de la Ley de Recursos Hidricos , Ley 29338, concordante con los literales a) y q) del artículo 277° de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución;.