Sancionar, administrativamente al señor Miguel Máximo Pereira Ortiz, por la ocupación de la margen izquierda de la faja marginal del río Chancay Huaral, mediante la construcción de material noble de 8 m2 , y los 46 postes de cemento forman una “L”, con una longitud aproximada de 150 metros, calificándose la infracción como grave, e imponiéndose finalmente una multa ascendente a dos coma uno (2,1) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); vigente al momento de su pago, por la infracción contemplada en el literal f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, la misma que deberá ser abonada en la cuenta corriente del Banco de la Nación 0000877174 a nombre de la Autoridad Nacional del Agua, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de notificada la presente resolución, debiendo remitir a esta Autoridad Administrativa copia del comprobante de pago, bajo apercibimiento de proceder a la cobranza coactiva, una vez que quede firma la presente resolución.