Establecer la responsabilidad administrativa de la Municipalidad Distrital de Ocoña, e imponerle sanción de multa ascendente a 2,1 (dos coma uno) Unidades Impositivas Tributarias, vigentes a la fecha de cancelación; por “Efectuar vertimiento de aguas residuales en los cuerpos de agua, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua” y “Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.”; conductas tipificadas como infracción administrativa en el literal d) y q) del artículo 277º del Reglamento de la Ley N° 29338, aprobado mediante Decreto Supremo 001-2010-AG. Las mismas que deben de ser canceladas, por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince días contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva debiendo alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ocoña Pausa, dentro del tercer día de efectuado el mismo.