ARTICULO PRIMERO.- Aprobar de Oficio la delimitación de un tramo de faja marginal en ambas márgenes del río Tarma (Tramo I y II), del TRAMO I: en una longitud de 3,690.09 m. en la margen derecha del vértice H1 al H212, y de 3,735.67 m. en la margen izquierda del vértice H1 al H212, con un ancho de faja marginal de 9.00 m; y puntos de monumentación de la faja marginal margen derecha del H1 al H37 y margen izquierda del H1 al H30; del TRAMO II: en una longitud de 3,151.05 m. en la margen derecha del vértice H1 al H237, y de 3,217.27 m. en la margen izquierda del vértice H1 al H233, con un ancho de faja marginal de 9.00 m; y puntos de monumentación de la faja marginal margen derecha del H1 al H47 y margen izquierda del H1 al H45, correspondiente a los tramos: Florida-Acobamba y Chipocayo, ubicado en los distritos de Acobamba y Palca, provincia de Tarma, departamento de Junín.