R.TNRCH. Nº 0551-2025-ANA
Resumen
CUT: 38401-2023.
IMPUGNANTE: Marianela Quispitupa Rojas.
ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.
SUBMATERIA: Ocupar o desviar los cauces de agua sin autorización. Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.
SUMILLA: Las constancias de posesión no otorgan derecho para ocupar el talud de un rio.
MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.
SANCION: 0.5 UIT - leve.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
Las constancias de posesión no otorgan derecho para ocupar el talud de un rio.
Marco normativo
Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.