RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0772-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 9 244.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO CENTRO UNION PALOMAR", según el plano que forma parte de la presente resolución

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0771-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 15 684.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO (JASS) DEL ANEXO DE YAPAZ ALTO", según el plano que forma parte de la presente resolución

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0770-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 14 753.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO (JASS) DEL ANEXO DE YAPAZ ALTO", según el plano que forma parte de la presente resolución

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0769-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 8 209.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DEL CENTRO POBLADO RURAL SAN EMILIO", según el plano que forma parte de la presente resolución

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0768-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 6 725.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS SAN JUAN DE TULUMAYO) DEL ANEXO SAN JUAN DE TULUMAYO", según el plano que forma parte de la presente resolución

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 1281-2025-ANA

Resumen

CUT: 53739-2025.

SOLICITANTE: Presila Briones Huaccha.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

716-2025

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0767-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 7006.00 m³/año, para uso Poblacional, a favor de "JUNTA ADMINISTRADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO (JASS) DEL CENTRO POBLADO RURAL PUÑIZAS CENTRAL ZONA 17", según el plano que forma parte de la presente resolución

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0766-2025-ANA-AAA.U

Resumen

Autorizar la ejecución de obras mínimas en fuente natural de agua en el rio Paucartambo, solicitado por CEFARA S.A.C, con RUC N° 20607754102, para el proyecto “Descolmatación y encauzamiento en la margen derecha del cauce en el rio Paucartambo sector rio seco, ubicado en el distrito San Luis de Shuaro, provincia de Chanchamayo-departamento de Junín”

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Noviembre, 2025

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.TNRCH. Nº 1280-2025-ANA

Resumen

CUT: 53729-2025.

SOLICITANTE: Presila Briones Huaccha.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

717-2025

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que el acto queda consentido. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1279-2025-ANA

Resumen

CUT: 48438-2021.

SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Longotea.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio.

SUMILLA: La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que queda consentido. En el presente caso, la solicitud se remitió por el órgano desconcentrado luego de vencido el plazo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Diciembre, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

670-2025

Sumilla

La revisión de oficio del acto administrativo no procede cuando transcurre un plazo de dos años desde que queda consentido. En el presente caso, la solicitud se remitió por el órgano desconcentrado luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas