R. A. N° 0136-2025-ANA-AAA.UV-ALA.SI
Resumen
Declarar IMPROCEDENTE, la solicitud presentado por el señor Nicanor Ancasi Vilcas, con DNI 23956552, representante del Comité de Usuarios del Rio Vilcanota de la Comunidad Campesina de Ttio, sobre solicitud de reconocimiento del Comité de Usuarios de Agua, en amparo a la Ley N° 31801, Ley que regula las organizaciones de usuarios de agua para el fortalecimiento de su participación en la gestión multisectorial de los recursos hídricos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2024-MIDAGRI, localizado en el distrito de Quiquijana, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

