R.TNRCH. Nº 1092-2025-ANA
Resumen
CUT: 192201-2025.
IMPUGNANTE: Kervin Alex Flores Santillán.
ÓRGANO: AAA Huallaga.
MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Recursos Hídricos.
SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar los cauces, riberas o fajas marginales, sin autorización.
SUMILLA: En los ríos amazónicos es posible autorizar el uso temporal de fajas marginales y riberas, por lo tanto, el no contar con dicha autorización constituye infracción sancionable.
MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.
SENTIDO: Infundado.
SANCIÓN: Grave – 2.1 UIT.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
En los ríos amazónicos es posible autorizar el uso temporal de fajas marginales y riberas, por lo tanto, el no contar con dicha autorización constituye infracción sancionable
Marco normativo
Numeral 6 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos concordante con el literal f) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 16° del Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 332-2016-ANA.

