SANCIONAR al señor José Luis Trillo Castilla, identificado con DNI N° 21833682, con la imposición de una AMONESTACIÓN ESCRITA, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por la ejecución de obras hidráulicas, sin la autorización de la Autoridad Nacional del Agua, consistente en la perforación de un (01) pozo artesanal (tajo abierto) S/C, ubicado en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 373,824 mE – 8’537,340 mN, sector de Paunilla, distrito de Grocio Prado, provincia de Chincha y departamento de Ica, sin contar con la respectiva autorización de la Autoridad Nacional del Agua, incurriendo en la infracción en materia de recursos hídricos prevista en el numeral 3° del artículo 120° de la Ley N° 29338 Ley de Recursos Hídricos “Ejecución de obras hidráulicas sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua”, concordante con el literal b) del artículo 277° del Reglamento de la mencionada Ley, “Construir sin autorización obras de cualquier tipo en las fuentes naturales de agua”, aprobado por Decreto Supremo 001-2010-AG, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.