R.TNRCH. Nº 0208-2019-ANA
Resumen
CUT N°:160925-2018.
IMPUGNANTE: Comité de Usuarios del Canal Colpa-La Ramada.
ÓRGANO: : AAA Marañón.
MATERIA: Licencia de uso de agua.
SUB MATERIA: Rectificación de error material
SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Segundo Rosell Huaripata Flores, presidente del Comité de Usuarios del Canal Colpa - La Ramada, contra la Resolución Directoral N°224-2018-ANA-AAA.M, por haberse desvirtuado el argumento del impugnante.
MARCO NORMATIVO: Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General
SENTIDO: INFUNDADO
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La rectificación de error material procede cuando no se altera el contenido esencial ni el sentido del acto administrativo.
Marco normativo
Numeral 212.1 del artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

