R.D. N° 0651-2018-ANA/AAA XII.UV
Resumen
IMPONER sanción al Gobierno Regional Cusco, con una multa equivalente a SIETE COMA CERO (7,00) UIT-Unidades Impositivas Tributarias vigente a la fecha en que se realice el pago, por ejecutar obras de infraestructura hidráulica (construcción de la obra "Construcción del Puente Carrozable Huaraypata en el Distrito de Quiquijana - Quispicanchi - Cusco") sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, conducta que constituye infracción de conformidad a lo establecido en el numeral 3) del artículo 120° de la Ley Nº 29338 en concordancia con el literal b) del artículo 277º de su Reglamento, la misma que debe ser cancelada por el infractor en el plazo de quince días, contados a partir de notificada la Resolución en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA- MULTAS, concepto multas por infracción, debiendo alcanzar una copia del Boucher de depósito a la Administración Local de Agua Sicuani, dentro del tercer día de efectuado el mismo.