R.TNRCH. Nº 0219-2019-ANA
Resumen
CUT N°:125081-2018
SOLICITANTE: Jorge Díaz Sánchez
ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla
MATERIA: Licencia de uso de agua
SUB MATERIA: Extinción y otorgamiento de Licencia de uso de agua por cambio de titular
SUMILLA: Se declara Improcedente la solicitud de nulidad de oficio presentada por el señor Jorge Díaz Sánchez contra la Resolución Directoral N°143-2013-ANAAAA-JZ-V, por haber prescrito la facultad para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.
MARCO NORMATIVO: Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).
SENTIDO: IMPROCEDENTE
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La revisión de oficio del acto administrativo no procede porque ha transcurrido el plazo de un año desde que el acto quedó consentido, de acuerdo con la normativa vigente en aquel momento. En el presente caso, la solicitud se presentó luego de vencido el plazo.
Marco normativo
Numeral 202.3 del artículo 202° de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (vigente en el momento de la emisión del acto administrativo).