DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de aplicación del Silencio Administrativo Positivo, respecto de la Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, del proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio de protección en quebradas para reducir el riesgo de las unidades productoras de bienes y servicios públicos frente al peligro de movimiento de masas en la cuenca del río Rímac en los distritos de Lurigancho y Chaclacayo de la provincia de Lima - departamento de Lima” CUI N° 2559071, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución.
AUTORIZAR con eficacia anticipada al 11 de julio del 2025 a la Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN, con RUC N° 20611816953; la Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua o en la Infraestructura Hidráulica Multisectorial, del proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio de protección en quebradas para reducir el riesgo de las unidades productoras de bienes y servicios públicos frente al peligro de movimiento de masas en la cuenca del río Rímac en los distritos de Lurigancho y Chaclacayo de la provincia de Lima - departamento de Lima” CUI N° 2559071.