RECTIFICAR, con efecto retroactivo, el error material contenido en la Resolución Directoral N° 005-2019-ANA-AAA.M, de fecha 03 de enero de 2019, en el siguiente sentido:
En el artículo segundo:
DICE: ESTABLECER que el plazo de vigencia de la presente autorización de uso de agua es de trescientos ochenta y cuatro (384) días calendarios, en un periodo de dieciséis (16) meses, contados a partir de la notificación de la presente resolución.
EBE DECIR: ESTABLECER que el plazo de vigencia de la presente autorización de uso de agua es de dieciséis (16) meses, no consecutivos en un periodo de dos años conforme con el cronograma establecido en el cuadro precedente.