RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 0036-2016-ANA/AAA.XI-PA/ALA-BAP

Resumen

ARTICULO PRIMERO: REQUERIR al usuario JASS DE LA UNIDAD VECINAL HUALALACHI SECTOR CCOTOPUQUIO para que en el plazo excepcional de quince (15) días hábiles de notificado, cumpla con cancelar el Recibo Nº 2015008289, por el importe ascendente a S/.50.00 (CINCUENTA CON 00/100 SOLES), correspondiente al uso de agua superficial con fines no agrarios año fiscal 2015, y volumen ahí descrito, debiendo realizar su abono en el Banco de la Nación mediante el servicio de recaudación Transacción 3710.
 

Fecha de Resolución

Jueves, 22 Diciembre, 2016

Clasificación

De las Autoridades Locales del Agua

R.TNRCH. Nº 0390-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 249733-2019.

IMPUGNANTE: Julián Amado Valdez Ortiz.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha

SUMILLA: Declarar fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Julián Amado Valdez Ortiz contra la Resolución Directoral N° 1822-2019-ANA-AAA-CH.CH, declarándose la nulidad de la Resolución Directoral N° 1374-2019-ANA-AAA-CH.CH y disponiéndose el archivamiento del procedimiento administrativo sancionador iniciado con la Notificación N° 671-2019-ANA-AAA-CH.CH-ALA.I.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1192-2019

Sumilla

Se advierte la vulneración del Principio de Causalidad, ya que no es posible establecer la relación entre el hecho constitutivo de la infracción y el presunto infractor, por lo que la  Resoluciónes incurre en causal de nulidad.

Marco normativo

articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0372-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 257994-2019.

IMPUGNANTE: Martha Margarita Encalada Pariona.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara infundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Martha Margarita Encalada Pariona contra la Resolución Directoral Nº 1998-2019-ANA-AAA-CH.CH debido a que dicha resolución ha sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

MARCO NORMATIVO: numeral 4 del articulo Ill del Titulo Preliminar de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: Infundado

 

Fecha de Resolución

Viernes, 21 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1242-2019

Sumilla

Se debe indicar que la administrada no cuenta con ninqun derecho de uso de agua del pozo, por ende, no puede invocar afectación a un derecho inexistente, en ese sentido, no se aprecia quebrantamiento del principio de seguridad jurídica.

Marco normativo

numeral 4 del articulo Ill del Titulo Preliminar de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.D. Nro. 203-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 263920.00 m³/año, para uso Agrario, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CCACCALLACA CULTA", conforme al siguiente detalle:", conforme al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Agosto, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 202-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Otorgar, licencia de uso de agua Superficial por un volumen hasta 57126.00 m³/año, para uso Agrario, a favor de "COMITE DE USUARIOS DE AGUA CALALA", conforme al siguiente detalle:"conforme al siguiente detalle:

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Agosto, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 201-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, a la señora Imelda Choquehuanca Quispe, con DNI N° 43531939, con domicilio en el Predio Esmeralda C.C. Kunurana Alto, (cel: 950045926), una sanción administrativa de Amonestación Escrita, conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, y en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua, y conforme al Decreto Supremo N° 022-2016- MINAGRI.

Fecha de Resolución

Lunes, 17 Agosto, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 199-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Aprobar, el “ESTUDIO DE DELIMITACIÓN DE LA FAJA MARGINAL DEL LAGO TITICACA, TRAMO COLLPAUTA – JAPISE Y CHIJIPAMPA, DISTRITO CONIMA, PROVINCIA DE MOHO, DEPARTAMENTO DE PUNO”, en la que se señalizaran 3.6 kilómetros de faja marginal del Lago Titicaca, en el tramo de los sectores Collpauta – Japise y Chijipampa, desde la progresiva 15+000 hasta la progresiva 18+600, con 36 hitos codificados desde H-379 a H-414, los que serán colocados en el lindero exterior de la faja marginal, debidamente georeferenciados en sistema de coordenadas UTM, Dátum WGS-84, zona 19s, de acuerdo al contenido del Informe Técnico Nº 034-2020-ANA-AAA-AT.TIT/RQCH, que forma parte integrante del expediente administrativo

Fecha de Resolución

Jueves, 13 Agosto, 2020

Clasificación

Resoluciones Emitidas por la ANA

R.TNRCH. Nº 0387-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 249982-2019.

IMPUGNANTE: Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (Jass) Centro Poblado Adán Blanco Morales - Palto.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

SUMILLA: Se declara improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Junta Administradora de Servicios de Saneamiento (JASS) Centro Poblado Adán Blanco Morales - Palto contra la Resolución Directoral N° 1597-2019-ANA-AAA-CH.CH por haberse presentado de forma extemporánea.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Extemporaneo

MARCO NORMATIVO: Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Agosto, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1217-2019

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo cuando se interponga luego de vencido el plazo de 15 dias habiles contados desde el dia siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 218.2 del artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.D. Nro. 198-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

IMPONER, al señor Sacarías Luve Jaliri, con DNI N° 01864766, con domicilio en la Comunidad de Chichillapi, Distrito de Santa Rosa, Provincia de El Collao y Región de Puno, una sanción administrativa pecuniaria de multa por un monto equivalente a CERO COMA VEINTICINCO (0,25) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), conforme al numeral 279.1° del artículo 279° del Decreto Supremo N° 001-2010-AG., Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, por contravenir lo dispuesto en el artículo 120° numeral 1) de la Ley N° 29338, por utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso de agua, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2010-AG, Reglamento de la Ley N° 29338, en su artículo 277° literal a) Usar las aguas sin el correspondiente derecho de uso de agua. La misma que debe ser cancelada por el infractor en el Banco de la Nación, Cuenta Corriente Nº 0000-877174 ANA-MULTAS, concepto multas por infracción, en el plazo de quince (15) días, contados a partir de notificada la presente Resolución, bajo apercibimiento de que se inicie el Procedimiento de Ejecución Coactiva, debiendo de alcanzar una copia del cupón de depósito a la Administración Local de Agua Ilave, dentro del tercer día de efectuado el mismo.

Fecha de Resolución

Jueves, 13 Agosto, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua

R.D. Nro. 197-2020-ANA-AAA.TIT

Resumen

Declarar Improcedente, el recurso de reconsideración, interpuesto por el señor Ing. Julver Josué Vilca Espinoza, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - PEBLT, en contra de la Resolución Directoral Nro. 111-2020-ANA-AAA.TIT, del 24.06.2020, por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Fecha de Resolución

Jueves, 13 Agosto, 2020

Clasificación

De las Autoridades Administrativas del Agua