CUT: 197506-2025.
SOLICITANTE: Comunidad Campesina de Huancapón.
ÓRGANO: ALA Barranca.
MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.
SUBMATERIA: Reconocimiento de comité de usuarios de agua.
SUMILLA: La Autoridad Nacional del Agua realiza la verificación formal de los documentos de la Organización de Usuarios de Agua para fines de reconocimiento de sus acuerdos, pero en ningún caso evalúa la legalidad intrínseca o sustancial de los acuerdos de asamblea general.
MARCO NORMATIVO: Artículo 2° de la Ley N° 31801, que regula las Organizaciones de Usuarios de Agua para el Fortalecimiento de su Participación en la Gestión Multisectorial de los Recursos Hídricos, artículo 73° y numeral 75.3 del artículo 75° del Reglamento de referida Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2024- MIDAGRI.
SENTIDO: No haber mérito.