SANCIONAR al señor Carlos Javier Tasayco Salcedo, identificado con DNI N° 42759734, con la imposición de una AMONESTACIÓN ESCRITA, al haberse determinado su responsabilidad administrativa, por no cumplir con conservar, ni mantener en buen estado los dispositivos de control y medición de control (caudalímetro), respecto del pozo tubular con IRHS 11-02-04-138, en el punto de las coordenadas UTM (WGS-84) 376,985 mE – 8’513,052 mN, sector El Pedregal, distrito de Chincha Baja, provincia de Chincha y departamento de Ica; incurriendo en la infracción tipificada en el numeral 2 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos “el incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el artículo 57º de la Ley, numeral 5 del artículo. 57° de la Ley N° 29338 “instalar los dispositivos de control y medición de agua, conservándolos y manteniéndolos en buen estado”, concordante con el literal k) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001- 2010-AG “Mantener en malas condiciones la infraestructura hidráulica, los dispositivos de control y medición necesarios para el uso del agua o incumplir con instalar dichos dispositivos”, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.