R.TNRCH. Nº 0487-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 101874-2020.

SOLICITANTES: Altemira Antonieta De la Cruz Núñez y otros.

ÓRGANO: ALA Motupe - Olmos - La Leche.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 196-2017-ANA-AAA.JZ/ALA.MOLL, solicitada por las señoras Altemira Antonieta De la Cruz Núñez, Yolanda Elena De la Cruz Núñez y Marina Violeta De la Cruz Núñez, por haber prescrito la facultad del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 16 Octubre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

324-2020

Sumilla

En virtud a los fundamentos expuestos por la administración, dicho acto administrativo fue emitido conforme a ley.

Marco normativo

articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0432-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 10125-2020.

SOLICITANTES: Olinder Garcés Montalván y Carlos Castillo Jiménez.

ÓRGANO: ALA San Lorenzo.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa Nº 271-2019-ANA-AAA.JZ.ALA-SL, solicitada por los señores Olinder Garcés Montalván y Carlos Castillo Jiménez, debido a que el referido acto administrativo fue emitido en observancia de la normatividad en materia hídrica. 

MATERIA: Organizaciones de Usuarios de Agua.

SUB MATERIA: Reconocimiento de Comités de Usuarios

MARCO NORMATIVO: articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Viernes, 18 Septiembre, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

116-2020

Sumilla

De la acta de inspección ocular llevada a cabo por la Administración Local de Agua, , tampoco revela el prejuicio invocado por los solicitantes, ni existencia de irregularidad en el reconocimiento en la Resolución  Administrativa.

Marco normativo

articulo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0198-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 26597-2020.

SOLICITANTE: Lourdes Saturnina Cáceres Abril.

ÓRGANO: AAA Caplina-Ocoña.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar de oficio la nulidad de la Resolución Directoral N° 2015-2018-ANA/AAA.CO solicitada par la señora Lourdes Saturnina Cáceres Abril, porque dicho acto administrativo ha sido emitido conforme a Ley.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUB MATERIA: Destinar las aguas a uso distinto al cual fueron otorgadas

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

 

Fecha de Resolución

Miércoles, 04 Marzo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

123-2020

Sumilla

Se advierte que no se ha demostrado que la Resolución contenga algun vicio de nuidad. 

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0256-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 263539-2019.

SOLICITANTE: Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Milán 90 II.

ÓRGANO: ALA Inambari.

SUMILLA: Se declara no haber mérito a la solicitud de nulidad presentada por la Sociedad Minera de Responsabilidad Limitada Milán 90 II contra la Resolución Administrativa N° 0047-2013-ANA-ALA-INAMBARI, debido a que ha prescrito la facultad de este órgano colegiado para ejercer de oficio la nulidad administrativa.

MATERIA: Retribución Económica.

SUB MATERIA: Prescripción de facultad para declarar nulidad de oficio

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

 

Fecha de Resolución

Martes, 19 Mayo, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

003-2020

Sumilla

La revision de oficio de un acto administrativo por parte del tribunal procede, siempre y cuando, no haya transcurrido el plazo de dos (02) años desde que dicho acto quedó consentido. En el presente caso, la solicitud de nulidad del administrado se presentó luego de vencido el plazo.

Marco normativo

Numeral 213.3 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0168-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 256364-2019.

SOLICITANTE: Municipalidad Provincial de Hualgayoc- Bambamarca.

ÓRGANO: AAA Marañón.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Directoral N° 1167-2018-ANA-AAA. M. por haber sido emitida conforme a Ley.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUB MATERIA: Autorización de Ejecución de Estudios de Aguas Subterráneas.

MARCO NORMATIVO: Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber merito

Fecha de Resolución

Miércoles, 19 Febrero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1233-2019

Sumilla

Con la emisión de la Resolución Directoral, no se ha incurrido en alguna causal de nulidad, ni se ha afectado el interés público o los derechos fundamentales de la entidad recurrente.

Marco normativo

Artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0029-2020-ANA

Resumen

CUT N°: 192430-2019.

SOLICITANTE: Sociedad Agrícola Saturno S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar ta nulidad de oficio de ta Resolución Directoral N° 986-2019-ANA-AAA.JZ-V solicitada por la empresa Sociedad Agrícola Saturno S.A., por haberse emitido el referido acto administrativo conforme a Ley.

MATERIA: Autorización de Reúso de Aguas Residuales.

SUB MATERIA: Autorización de Reúso de Aguas Residuales.

MARCO NORMATIVO: articulo 82° de la Ley de Recursos Hidricos y el numeral 149.1 del articulo 149° de su Reglamento

SENTIDO: No haber merito 

 

Fecha de Resolución

Viernes, 10 Enero, 2020

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1078-2019

Sumilla

Este Colegiado advierte que las aguas residuales generadas no provienen del desarrollo de la actividad principal de la administrada, es decir, el riego de cultivos, sino de las labores complementarias, aguas que una vez tratadas son reusadas en otra labor complementaria como lo es el riego de plantas arbóreas, y, por ende, requiere de la autorización de la Autoridad Nacional del Agua para su ejecución.

Marco normativo

 articulo 82° de la Ley de Recursos Hidricos y el numeral 149.1 del articulo 149° de su Reglamento.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1181-2019-ANA

Resumen

CUT N°:177308-2019.

SOLICITANTE: Edledrida Violeta Vidarte de Dávila.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Regularización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°4511-2016-ANA-AAA JZ-V, solicitada por la señora Edeldrida Violeta Vidarte de Dávila, por haber prescrito la facultad de este Tribunal para declarar la nulidad de oficio de dicho acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.3 del articulo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

877-2019

Sumilla

La facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos prescribe en el plazo de dos (02) años,
contados a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos.

Marco normativo

Numeral 213.3 del articulo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1035-2019-ANA

Resumen

CUT N°:133061-2019.

SOLICITANTE: Hedgar Velarde Quintana Pérez.

ÓRGANO: Administración Local de Agua Tarma.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Acreditación de Disponibilidad Hídrica.

SUMILLA: No haber mérito para para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Administrativa N°006-2018-ANA-AAA IX U-ALA TARMA, debido a que dicho acto administrativo no incurrió en vicios que conlleven a su nulidad.

MARCO NORMATIVO: numeral 81.2 del articulo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: NO HABER MÉRITO

Fecha de Resolución

Viernes, 13 Septiembre, 2019

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

808-2019

Sumilla

No haber mérito para para declarar la nulidad de oficio debido a que dicho acto administrativo no incurrió en vicios que conlleven a su nulidad.

Marco normativo

numeral 81.2 del articulo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº1343-2019-ANA

Resumen

CUT N°:143016-2019.

SOLICITANTE: Francisco Maximiliano Martínez Cateriano.

ÓRGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Formalización de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se resuelve no haber mérito para declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral N°153-2019-ANA/AAA-HUALLAGA solicitada por el señor Francisco Maximiliano Martínez Cateriano, por haberse desestimado los argumentos de la referida solicitud.

MARCO NORMATIVO: artículo 51° de la Ley de Recursos Hídricos; articulo 78 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Martes, 26 Noviembre, 2019

N° de Expediente TNRCH

727-2019

Sumilla

No corresponde declarar la nulidad de una  de Licencia de uso de agua, puesto que no existe proceso judicial de cuestionamiento de titularidad del predio.

Marco normativo

artículo 51° de la Ley de Recursos Hídricos; articulo 78 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 1176-2019-ANA

Resumen

CUT N°:99530-2019.

SOLICITANTE: Ernesto Pérez Díaz.

ÓRGANO: ALA Zaña.

MATERIA: Permiso de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico

SUMILLA: No haber mérito para declarar la nulidad de la Resolución Administrativa N°207-2018-ANA-AAA.JZ-ALA.ZAÑA, debido a que dicho acto administrativo no incurrió en algún vicio de nulidad.

MARCO NORMATIVO: Articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: NO HABER MERITO

Fecha de Resolución

Jueves, 17 Octubre, 2019

N° de Expediente TNRCH

537-2019

Sumilla

La Autoridad Nacional del Agua no posee competencia para determinar la validez de los documentos relacionados con la transferencia de titularidad de predios.

Marco normativo

Articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor