R.TNRCH. Nº 1360-2024-ANA

Resumen

CUT: 152830-2022.

IMPUGNANTE: Empresa Agroindustrial Pomalca S.A.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Falta de pago de retribuciones o tarifas por el uso de agua.

SUMILLA: La infracción de falta de pago de la retribución económica se encuentra prevista en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento por lo cual no existe vulneración de los principios de Legalidad y Tipicidad.

MARCO NORMATIVO: El numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal j) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

380-2024

Sumilla

: La infracción de falta de pago de la retribución económica se encuentra prevista en la Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento por lo cual no existe vulneración de los principios de Legalidad y Tipicidad.

Marco normativo

El numeral 2 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y literal j) del artículo 277° del Reglamento de la referida Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1359-2024-ANA

Resumen

CUT: 227066-2023.

IMPUGNANTE: Alejandro Laos Braché.

ORGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Servidumbre de agua.

SUBMATERIA: Extinción de servidumbre.

SUMILLA: No corresponde declarar la extinción de una servidumbre cuando la infraestructura hidráulica relacionada sirve para el ejercicio de derechos de uso de agua vigentes.

MARCO NORMATIVO: Literales b) y c) del artículo 100° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

874-2024

Sumilla

No corresponde declarar la extinción de una servidumbre cuando la infraestructura hidráulica relacionada sirve para el ejercicio de derechos de uso de agua vigentes.

Marco normativo

Literales b) y c) del artículo 100° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1357-2024-ANA

Resumen

CUT: 29861-2023.

IMPUGNANTE: Procuraduría Pública de la Municipalidad Distrital de Vista Alegre.

ORGANO: AAA Chaparra Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUBMATERIA: Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces o fajas marginales.

SUMILLA: La implementación de un botadero en el cauce de la quebrada constituye la infracción de ocupación de un bien asociado al agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

636-2024

Sumilla

La implementación de un botadero en el cauce de la quebrada constituye la infracción de ocupación de un bien asociado al agua.

Marco normativo

Numeral 6 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal f) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1356-2024-ANA

Resumen

CUT: 252054-2023.

IMPUGNANTE: Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Huancané.

ORGANO: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídrico.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: La aprobación de PROVIAS para ejecutar una obra vial no habilita la ejecución de obras sobre fuente natural de agua y sus bienes asociados cuando no se cuenta con autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

760-2024

Sumilla

La aprobación de PROVIAS para ejecutar una obra vial no habilita la ejecución de obras sobre fuente natural de agua y sus bienes asociados cuando no se cuenta con autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1354-2024-ANA

Resumen

CUT: 45366-2021.

IMPUGNANTE: Teodora Esperanza Tamara Bernabel de Martínez.

ORGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Dañar, obstruir o destruir las obras de infraestructura hidráulica pública o cualquier bien asociado al agua natural o artificial.

SUMILLA: La cobertura de una infraestructura hidráulica obstruye las actividades de operación y mantenimiento.

MARCO NORMATIVO: Literal o) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 27 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

070-2022

Sumilla

La cobertura de una infraestructura hidráulica obstruye las actividades de operación y mantenimient

Marco normativo

Literal o) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1351-2024-ANA

Resumen

CUT: 95374-2024.

IMPUGNANTE: Candy Mayda Andia Torres.

ORGANO: ALA Chili.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: No procede la acreditación de disponibilidad hídrica con fines acuícolas para la categoría productiva AMYPE, cuando la actividad se pretende desarrollar en el cauce de una fuente natural de agua o sus bienes asociados.

MARCO NORMATIVO: Numeral 5.3 del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 0006-2021-MIDAGRI y literal b) del artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 107-2021-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

880-2024

Sumilla

No procede la acreditación de disponibilidad hídrica con fines acuícolas para la categoría productiva AMYPE, cuando la actividad se pretende desarrollar en el cauce de una fuente natural de agua o sus bienes asociados.

Marco normativo

Numeral 5.3 del artículo 5º del Decreto Supremo Nº 0006-2021-MIDAGRI y literal b) del artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 107-2021-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1346-2024-ANA

Resumen

CUT: 214965-2023.

IMPUGNANTE: Petróleos del Perú – Petroperú S.A.

ORGANO: ALA Alto Amazonas.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimiento sin autorización.

SUMILLA: La infracción por vertimiento de aguas residuales sin autorización no queda eximida por problemas de gestión internos de la persona jurídica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

739-2024

Sumilla

La infracción por vertimiento de aguas residuales sin autorización no queda eximida por problemas de gestión internos de la persona jurídica.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1345-2024-ANA

Resumen

CUT: 82835-2023.

SOLICITANTE: Industrial Pucalá S.A.C.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Falta de pago de retribución económica.

SUMILLA: La exigibilidad del pago de la retribución económica por el uso del agua constituye una acción personal por lo que el plazo de prescripción es de diez años.

MARCO NORMATIVO: Artículo 2001° del Código Civil y literal j) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; numeral 1 del artículo 72° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del numeral 102.4 del artículo 102° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado/ Fundado en parte.

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

256-2024

Sumilla

La exigibilidad del pago de la retribución económica por el uso del agua constituye una acción personal por lo que el plazo de prescripción es de diez años.

Marco normativo

Artículo 2001° del Código Civil y literal j) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; numeral 1 del artículo 72° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del numeral 102.4 del artículo 102° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1342-2024-ANA

Resumen

CUT: 254791-2023.

IMPUGNANTE: Agroindustrias El Naturalito E.I.R.L..

ORIGEN: AAA Titicaca.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales sin autorización es independiente de la contaminación.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

857-2024

Sumilla

La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales sin autorización es independiente de la contaminación.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos, y literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 1340-2024-ANA

Resumen

CUT: 148782-2020.

ADMINISTRADO: Román Baldera Sandoval.

ORGANO: AAA Jequetepeque-Zarumilla.

MATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: No corresponde declarar la caducidad de derechos de uso de agua cuando se alega falta del derecho de propiedad del titular.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 70° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y literal d del numeral 102.3 del artículo 102° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 20 Diciembre, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

043-2024

Administrado

Román Baldera Sandoval

Sumilla

No corresponde declarar la caducidad de derechos de uso de agua cuando se alega falta del derecho de propiedad del titular.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 70° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, y literal d del numeral 102.3 del artículo 102° de su reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas