R.TNRCH. Nº 0227-2025-ANA

Resumen

CUT: 78028-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Distrital de Kimbiri.

ÓRGANO:  AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - recursos hídricos.

SUBMATERIA: -Construir o modificar obras sin Autorización -Ocupar, utilizar o desviar sin autorización los cauces, riberas, fajas marginales o los embalses de las aguas.

SUMILLA: Cuando en el transcurso de la instrucción del procedimiento administrativo sancionador la autoridad detecta que la imputación no es correcta puede corregirla, iniciando un nuevo procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 y 6 del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos y literal b) y f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Jueves, 13 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

936-2024

Sumilla

Cuando en el transcurso de la instrucción del procedimiento administrativo sancionador la autoridad detecta que la imputación no es correcta puede corregirla, iniciando un nuevo procedimiento.

Marco normativo

Numeral 3 y 6 del artículo 120º la Ley de Recursos Hídricos y literal b) y f) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0223-2025-ANA

Resumen

CUT: 1512-2024.

IMPUGNANTE: EPSEL S.A.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar las obras de infraestructura pública para fines de transporte u otros distintos a los programados que pueda originar deterioros.

SUMILLA: Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

MARCO NORMATIVO: Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 11 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1163-2024

Sumilla

Las infracciones de peligro como el uso de un canal para fines distintos a los programados, no requieren la acreditación de contaminación o deterioro de la infraestructura.

Marco normativo

Literal q) del artículo 277° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0221-2025-ANA

Resumen

CUT: 177671-2023.

IMPUGNANTE: Oscar Bernaola Rincón.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales, se configura por no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d del artículo 277° de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Martes, 11 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1055-2024

Sumilla

La infracción por efectuar vertimiento de aguas residuales, se configura por no contar con una autorización otorgada por la Autoridad Nacional del Agua.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal d del artículo 277° de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0216-2025-ANA

Resumen

CUT: 61091-2024.

IMPUGNANTE: Empresa de Servicios Educativos Nuestra Señora de la Merced S.C.R.L.

ÓRGANO:  AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador -Recursos hídrico.

SUBMATERIA: Utilizar el agua sin el correspondiente derecho de uso.

SUMILLA: El reconocimiento de responsabilidad debe ser expreso, por lo que no se configura cuando el administrado formula alegaciones en contrario.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Lunes, 10 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1184-2024

Sumilla

El reconocimiento de responsabilidad debe ser expreso, por lo que no se configura cuando el administrado formula alegaciones en contrario.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0206-2025-ANA

Resumen

CUT: 168866-2024.

IMPUGNANTE: Teófilo Rojas Estrada.

ÓRGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización.

SUMILLA: Cuando en la inspección ocular se constata la extracción del recurso hídrico, sin título habilitante, queda acreditada la infracción del uso del agua sin derecho.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

108-2025

Sumilla

Cuando en la inspección ocular se constata la extracción del recurso hídrico, sin título habilitante, queda acreditada la infracción del uso del agua sin derecho.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos y literal a) del artículo 277º de su Reglamento.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0202-2025-ANA

Resumen

CUT: 57024-2024.

ADMINISTRADA: Karina Elizabeth Ambrosio Ochoa.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Aguas de retorno, drenaje o filtraciones.

SUMILLA: En el balance hídrico se debe considerar los permisos otorgados previamente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 35° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

977-2024

Administrado

Karina Elizabeth Ambrosio Ochoa

Sumilla

En el balance hídrico se debe considerar los permisos otorgados previamente.

Marco normativo

Artículo 35° del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua, aprobado mediante la Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0201-2025-ANA

Resumen

CUT: 57442-2024.

IMPUGNANTE: Eduviges Herencia Chihuantito, Rodolfo Quispe Herencia, Eva María Quispe Herencia, Vilma Quispe Herencia y Edwin Quispe Herencia.

ÓRGANO: AAA Urubamba - Vilcanota.

MATERIA: Licencia de uso de agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica se desestima cuando el administrado no subsana las observaciones realizadas en el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1104-2024

Sumilla

La solicitud de acreditación de disponibilidad hídrica se desestima cuando el administrado no subsana las observaciones realizadas en el procedimiento.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 81.1 del artículo 81° y artículo 82° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0200-2025-ANA

Resumen

CUT: 162338-2021.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial Sánchez Carrión.

ÓRGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización. 

SUMILLA: La infracción por ejecución de obras en fuentes de agua y bienes naturales asociados, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, se configura cuando se trata de obras de cualquier tipo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del reglamento de la citada Ley.77º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 05 Marzo, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

560-2022

Sumilla

La infracción por ejecución de obras en fuentes de agua y bienes naturales asociados, sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, se configura cuando se trata de obras de cualquier tipo.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos y literal b) del artículo 277° del reglamento de la citada Ley.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0193-2025-ANA

Resumen

CUT: 229359-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina Cochas.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar, represar o desviar las aguas sin el derecho o autorización de la Autoridad Nacional del Agua.

SUMILLA: Las personas jurídicas también pueden usar el agua sin derecho cuando el ejercicio se realiza para la actividad común.

MARCO NORMATIVO: Artículo 44° y numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su reglamento.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1121-2024

Sumilla

Las personas jurídicas también pueden usar el agua sin derecho cuando el ejercicio se realiza para la actividad común.

Marco normativo

Artículo 44° y numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos y el literal a) del artículo 277° de su reglamento

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0199-2025-ANA

Resumen

CUT: 267209-2023.

IMPUGNANTE: Agroindustria Casablanca S.A.C.

ÓRGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Usar el agua sin el correspondiente derecho de uso.

SUMILLA: Los casos en que el órgano desconcentrado impuso multas reducidas, no acordes con la magnitud de la infracción, ni susceptibles de ampliación en la instancia superior por la prohibición de reforma en peor, no constituyen referente o parámetro válido para un nuevo caso en el que se hace una distinta evaluación de los hechos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 28 Febrero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1170-2024

Sumilla

Los casos en que el órgano desconcentrado impuso multas reducidas, no acordes con la magnitud de la infracción, ni susceptibles de ampliación en la instancia superior por la prohibición de reforma en peor, no constituyen referente o parámetro válido para un nuevo caso en el que se hace una distinta evaluación de los hechos.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 120° de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas