R.TNRCH. Nº 0063-2023-ANA
Resumen
CUT N°: 38066-2022
IMPUGNANTE: Asociación Administrativa de Centros Turísticos de Tocuya
ORGANO: AAA Huallaga
MATERIA: Delimitación de Faja Marginal
SUBMATERIA: De oficio
SUMILLA: Se resuelve declarar improcedente el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Administrativa de Centros Turísticos de Tocuya contra la Resolución Directoral Nº 0396-2022-ANA-AAA.H, debido a que la actualización de la delimitación de la faja marginal fue realizada de oficio, por lo que un tercero carece de legitimidad para cuestionar la decisión de la Autoridad.
MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 4º y 14° de la Resolución Jefatural Nº 332-2016-ANA.
Artículo 117º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente
Fecha de Resolución
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
La apelación será declarada improcedente cuando pretenda cuestionar la actualización de la faja marginal realizada de oficio por la autoridad.
Marco normativo
Numeral 3 del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos.
Artículo 4º y 14° de la Resolución Jefatural Nº 332-2016-ANA.
Artículo 117º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.