R.TNRCH. Nº 0077-2025-ANA

Resumen

CUT: 164696-2023.

IMPUGNANTE: Complejo Agroindustrial Beta S.A.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Cuando en la inspección de campo se verifica obras de implementación del pozo queda descartada la alegación de que la obra es anterior a la compra del predio.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) numeral 2 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

432-2024

Sumilla

Cuando en la inspección de campo se verifica obras de implementación del pozo queda descartada la alegación de que la obra es anterior a la compra del predio.

Marco normativo

Numeral 3 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal b) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) numeral 2 del artículo 257º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0076-2025-ANA

Resumen

CUT: 208888-2023.

SOLICITANTE: : Municipalidad Distrital de Majes.

ÓRGANO: AAA Caplina Ocoña.

MATERIA: Nulidad de oficio de actos administrativos.

SUBMATERIA: Procedimiento administrativo sancionador.

SUMILLA: Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: No haber mérito.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

698-2024

Sumilla

Cuando el administrado ha dejado consentir la decisión de la autoridad no puede alegar la afectación del interés público o de un derecho fundamental.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0075-2025-ANA

Resumen

CUT: 106910-2021.

IMPUGNANTE: Jaime Morales Quiroz.

ÓRGANO: ALA Zaña.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Acto no impugnable.

SUMILLA: Es improcedente el recurso de apelación dirigido a cuestionar una actuación de la autoridad que no constituye acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

1023-2024

Sumilla

Es improcedente el recurso de apelación dirigido a cuestionar una actuación de la autoridad que no constituye acto administrativo.

Marco normativo

Numeral 1.1 del artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0074-2025-ANA

Resumen

CUT: 226717-2022.

IMPUGNANTE: Junta de Administración Local de Ongoy.

ÓRGANO: AAA Pampas Apurímac.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Acreditación de disponibilidad hídrica.

SUMILLA: La oposición se desestima cuando no se acredita la afectación de derechos.

MARCO NORMATIVO: Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

758-2023

Sumilla

La oposición se desestima cuando no se acredita la afectación de derechos.

Marco normativo

Artículo 53° de la Ley de Recursos Hídricos, numeral 79.1 del artículo 79° y artículo 81°del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0073-2025-ANA

Resumen

CUT: 50262-2024.

IMPUGNANTE: Pedro Beltrán Quiñonez Cortez.

ÓRGANO: ALA Jequetepeque.

MATERIA: Permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Superávit hídrico.

SUMILLA: Es nulo el abandono cuando no ha transcurrido el plazo de inactividad por parte del administrado.

MARCO NORMATIVO: Artículo 202° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulo de oficio de reponer.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

567-2024

Sumilla

Es nulo el abandono cuando no ha transcurrido el plazo de inactividad por parte del administrado.

Marco normativo

Artículo 202° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0070-2025-ANA

Resumen

CUT: 7567-2025.

SOLICITANTE: Carlos Enrique Hurtado Cruz.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

051-2025

Sumilla

La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0072-2025-ANA

Resumen

CUT: 37609-2023.

IMPUGNANTE: Municipalidad Provincial del Cusco.

ÓRGANO: AAA Urubamba Vilcanota.

MATERIA: : Procedimiento administrativo sancionador - Recursos Hídricos.

SUBMATERIA: Efectuar vertimientos sin autorización.

SUMILLA: Los lixiviados generados en un botadero de residuos sólidos que se descargan en una fuente natural de agua no constituye infracción de vertimientos de aguas residuales.

MARCO NORMATIVO: Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio, retrotraer.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

430-2024

Sumilla

Los lixiviados generados en un botadero de residuos sólidos que se descargan en una fuente natural de agua no constituye infracción de vertimientos de aguas residuales.

Marco normativo

Numeral 9 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; y, literal d) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0069-2025-ANA

Resumen

CUT: 227079-2023.

IMPUGNANTE: Christian Javier Salas Arenas.

ÓRGANO: ALA Mala-Omas-Cañete.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua.

SUBMATERIA: Propiedad o posesión legítima.

SUMILLA: Para otorgar una licencia de uso de agua se deben cumplir con los procedimientos previos de acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos Artículo, artículo 70º y 85º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Infundado.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

894-2024

Sumilla

Para otorgar una licencia de uso de agua se deben cumplir con los procedimientos previos de acreditación de disponibilidad hídrica y autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 53º de la Ley de Recursos Hídricos Artículo, artículo 70º y 85º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0071-2025-ANA

Resumen

CUT: 215061-2022.

IMPUGNANTE: Vidal Marciano Salvador Gloria.

ÓRGANO: AAA Huarmey Chicama.

MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador - Aspectos generales.

SUBMATERIA: Caducidad. 

SUMILLA: Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

MARCO NORMATIVO: Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Caducidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 31 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

713-2024

Sumilla

Se declara la caducidad del procedimiento administrativo sancionador cuando la resolución de sanción se emite después de que transcurre el plazo de nueve (09) meses contados desde la fecha de notificación de la imputación de cargos.

Marco normativo

Numeral 145.3 del artículo 145º y numeral 1 del artículo 259º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0068-2025-ANA

Resumen

CUT: 3251-2025.

SOLICITANTE: Junta de Propietarios del Condominio La Hacienda.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUBMATERIA: Queja por defecto de tramitación.

SUMILLA: La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

MARCO NORMATIVO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Infundada.

Fecha de Resolución

Miércoles, 29 Enero, 2025

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

026-2025

Sumilla

La queja se desestima cuando la autoridad realiza actuaciones en un plazo razonable.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor