R.TNRCH. Nº 0377-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 211125-2022.

IMPUGNANTE: Olga Nelly Acosta Chozo.

ORGANO: ALA Chancay - Lambayeque.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

137-2024

Sumilla

El recurso de apelación se declara improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0371-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 130945-2022.

SOLICITANTES: Carlos Ubaldo Bocanegra Castro y Ada Patricia Blanco Best.

ORGANO: TNRCH.

MATERIA Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Agotamiento de la vía administrativa.

SUMILLA: No proceden recursos administrativos contra resoluciones que desestiman solicitudes de nulidad de oficio.

MARCO NORMATIVO: Artículo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 19 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

547-2023

Sumilla

No proceden recursos administrativos contra resoluciones que desestiman solicitudes de nulidad de oficio.

Marco normativo

Artículo 228° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y artículo 22° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0349-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 31334-2020.

IMPUGNANTE: Dominga Noemy Velarde Chalco.

ORGANO: Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUBMATERIA: Improcedente por extemporáneo.

SUMILLA: El recurso de reconsideración será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

173-2021

Sumilla

El recurso de reconsideración será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0281-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 80196-2022.

IMPUGNANTE: Fortunato Alvarado Hidalgo.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATIVO: El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

721-2023

Sumilla

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

El recurso de apelación será declarado improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0280-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 117517-2023.

SOLICITANTES: Francisca Guerra Tapullima y otros.

ORGANO: AAA Huallaga.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: Cuando el procedimiento ha concluido, la solicitud de abstención es improcedente.

MARCO NORMATIVO: Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

426-2023

Sumilla

Cuando el procedimiento ha concluido, la solicitud de abstención es improcedente.

Marco normativo

Artículo 99° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0277-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 100100-2023.

IMPUGNANTE: Juan Gabriel Laura Bravo.

ORGANO: ALA Pisco

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: No constituye acto administrativo el informe que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable.

MARCO NORMATIVO: Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Miércoles, 20 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

744-2023

Sumilla

No constituye acto administrativo el informe que desestima una denuncia, por lo cual es inimpugnable.

Marco normativo

Numerales 116.1 y 116.3 del artículo 116º y numeral 217.1 del artículo 217° del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0257-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 20075-2023.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Menor Alto Piura – Clase B.

ORGANO: AAA - Jequetepeque Zarumilla.

MATERIA: Procedimiento administrativo general.

SUMILLA: La disposición que resuelve un cuestionamiento al informe técnico que recomienda el inicio de un procedimiento administrativo no es un acto administrativo impugnable.

MARCO NORMATIVO: Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 15 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

555-2023

Sumilla

La disposición que resuelve un cuestionamiento al informe técnico que recomienda el inicio de un procedimiento administrativo no es un acto administrativo impugnable.

Marco normativo

Numeral 217.2 del artículo 217° del Texto Único ordenado de la Ley del procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0232-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 527-2024.

SOLICITANTE: Vilma Imelda Cotrina Delgado.

ORGANO: AAA Marañón.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: La queja por defecto de tramitación presupone la existencia de un procedimiento administrativo a instancia de parte, de lo contrario, se desestima la misma.

MARCO NORMATICO: Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

120-2024

Sumilla

La queja por defecto de tramitación presupone la existencia de un procedimiento administrativo a instancia de parte, de lo contrario, se desestima la misma.

Marco normativo

Artículo 169° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0231-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 239036-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Yanacancha.

ORGANO: ALA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATICO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

836-2023

Sumilla

El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0230-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 109710-2022.

IMPUGNANTE: Comunidad Campesina de Yanacancha.

ORGANO: ALA Mantaro.

MATERIA: Procedimiento Administrativo General.

SUMILLA: El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

MARCO NORMATICO: Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Improcedente.

Fecha de Resolución

Viernes, 08 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

173-2024

Sumilla

El recurso de apelación es improcedente por extemporáneo, cuando se interpone luego de que transcurre el plazo de 15 días hábiles contados desde el día siguiente de notificado el acto administrativo.

Marco normativo

Artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas