R.TNRCH. Nº 0395-2024-ANA
Resumen
CUT N°: 215415-2023.
SOLICITANTE: Municipalidad Distrital de Pira.
ORGANO: ALA Casma - Huarmey.
MATERIA: Procedimiento Administrativo General.
SUBMATERIA: Queja por Defecto de Tramitación.
SUMILLA: No procede la queja por defecto de tramitación cuando la administrada pretende que el órgano superior se pronuncie sobre aspectos de fondo de su solicitud; sin perjuicio de que la autoridad disponga el inicio de acciones de fiscalización.
MARCO NORMATIVO: Numeral 169.1 del artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.
SENTIDO: Improcedente.
Fecha de Resolución
Colegiado integrantes - N° SALA
N° de Expediente TNRCH
Sumilla
No procede la queja por defecto de tramitación cuando la administrada pretende que el órgano superior
se pronuncie sobre aspectos de fondo de su solicitud; sin perjuicio de que la autoridad disponga el inicio de acciones de fiscalización.
Marco normativo
Numeral 169.1 del artículo 169º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General.