ANA aprueba el Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas de la cuenca Chira Piura

Fecha de publicación

Viernes, 10 Agosto 2018
  • Permitirá atender la demanda multisectorial de agua 2018-2019.

El Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Autoridad Nacional del Agua, aprobó el Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas (PADH) de la Cuenca Chira Piura, que permite atender la demanda multisectorial de agua 2018-2019, de acuerdo con los derechos de uso de agua otorgados (licencias y permisos), y del caudal ecológico; teniendo en cuenta el comportamiento hidrológico y climatológico.

 

La aprobación del PADH, se oficializó mediante Resolución Directoral N° 1736-2018-ANA-AAA JZ-V, emitida por la Autoridad Administrativa del Agua (AAA) Jequetepeque Zarumilla, que evaluó la propuesta del plan formulado por el grupo de trabajo y con el visto bueno del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Chira Piura.

 

La disponibilidad hídrica superficial presentada en el Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas en las fuentes de agua, equivale a un volumen de 3 600,41 hm3 (Hectómetros cúbicos). La demanda para el periodo 2018- 2019 que considera los diferentes derechos de usos de agua otorgados entre poblacional, agrario, industrial, piscícola y energético, que se encuentren en el ámbito de la cuenca, es equivalente a un volumen de 2 772,73 hm3. El uso agrícola propuesto por las juntas de usuarios se ha considerado un volumen de 2 438,82 hm3, correspondiente a los valles Chira, Medio y Bajo Piura, Sechura, Alto Piura y San Lorenzo.

 

La resolución dispone que los operadores encargados de la infraestructura hidráulica mayor como son el Proyecto Especial Chira Piura y la Junta de Usuarios San Lorenzo, efectúen las descargas respetando el PADH, las que previamente serán autorizadas por la Administración Local de Agua (ALA) de cada ámbito.

 

También dispone que las ALA Chira, San Lorenzo, Medio y Bajo Piura y Alto Piura realicen la supervisión a la ejecución del PAHD de acuerdo al artículo 37° de la Resolución Jefatural N° 315-2014-ANA (Reglamento del Plan de Aprovechamiento de Disponibilidades Hídricas).

 

Ante el incumplimiento del PADH por parte de las juntas de usuarios, así como de los usuarios, se fijarán las sanciones correspondientes, de acuerdo con la normativa vigente en materia de recursos hídricos; que puede ser trabajo comunitario en la cuenca o multa que puede fluctuar en 0.5 hasta 10 Unidades Impositivas Tributarias.

 

Piura, 10 de agosto de 2018

 

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