CUT: 176679-2023.
IMPUGNANTE: Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Puno.
ÓRGANO: AAA Titicaca.
MATERIA: Procedimiento administrativo sancionador – Recursos hídricos.
SUBMATERIA: Usar el agua sin derecho.
SUMILLA: No se vulnera el derecho de defensa cuando se notifica válidamente a la entidad que es sujeto del procedimiento.
MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 120º de la Ley de Recursos Hídricos; literal a) del artículo 277º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.
SENTIDO: Infundado.