R.TNRCH. Nº 0379-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 214192-2023.

IMPUGNANTE: IQF del Perú S.A.

ORGANO: AAA Chaparra-Chincha.

MATERIA: Cumplimiento de mandato judicial.

SUBMATERIA: Licencia de uso de agua.

SUMILLA: En cumplimiento del mandato judicial se declara nulo el acto administrativo y se dispone que continúe el procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo y Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 24 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

383-2024

Sumilla

En cumplimiento del mandato judicial se declara nulo el acto administrativo y se dispone que continúe el procedimiento.

Marco normativo

Numeral 2 del artículo 139° de la Constitución Política del Perú, artículo 4° del Texto Único de la Ley Orgánica del Poder Judicial, numeral 1 del artículo 41º de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo y Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Resolución Jefatural N° 330-2011-ANA.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0351-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 189087-2022.

IMPUGNANTE: Jorge Luis Fernández Juárez.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Servidumbre de agua.

SUBMATERIA: Extinción de servidumbre de agua.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que resuelve un procedimiento sobre extinción de servidumbre de un canal de riego cuando la Autoridad omite comunicar el inicio del referido procedimiento a los interesados con el fin de que ejerzan su derecho de defensa.

MARCO NORMATIVO: Artículo 68° de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 100° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 17 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

684-2023

Sumilla

Es nulo el acto administrativo que resuelve un procedimiento sobre extinción de servidumbre de un canal de riego cuando la Autoridad omite comunicar el inicio del referido procedimiento a los interesados con el fin de que ejerzan su derecho de defensa

Marco normativo

Artículo 68° de la Ley de Recursos Hídricos y artículo 100° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0324-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 222863-2022.

ADMINISTRADO: Municipalidad Distrital de Santa Maria del Valle.

ORGANO: ALA Alto Huallaga.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUBMATERIA: Autorización de ejecución de obras.

SUMILLA: Es nula la autorización de ejecución de obras cuando se determina que el documento presentado como certificación ambiental no corresponde al proyecto de aprovechamiento hídrico.

MARCO NORMATIVO: Numeral 3.2 del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Abril, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

437-2023

Administrado

Municipalidad Distrital de Santa Maria del Valle

Sumilla

Es nula la autorización de ejecución de obras cuando se determina que el documento presentado como certificación ambiental no corresponde al proyecto de aprovechamiento hídrico

Marco normativo

Numeral 3.2 del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0286-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 72544-2023.

ADMINISTRADO: Segundo Richard Javier Plasencia.

ORGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUMILLA: La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 1666° del Código Civil, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos hídricos, numerales b) y c) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Viernes, 22 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

439-2023

Administrado

Segundo Richard Javier Plasencia

Sumilla

La naturaleza temporal del contrato de arrendamiento se contrapone con el carácter indeterminado de la licencia de uso de agua.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, artículo 1666° del Código Civil, numeral 3 del artículo 50° de la Ley de Recursos hídricos, numerales b) y c) del artículo 16° del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0214-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 236625-2022

IMPUGNANTE: Inversiones El Pino S.A.C.

ORGANO: AAA Cañete-Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador – Aspectos Generales

SUMILLA: Se vulnera el Principio de Tipicidad cuando se sanciona por modificar un canal sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, cuando dicha competencia corresponde al operador de la infraestructura hidráulica.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 06 Marzo, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

486-2023

Sumilla

Se vulnera el Principio de Tipicidad cuando se sanciona por modificar un canal sin autorización de la Autoridad Nacional del Agua, cuando dicha competencia corresponde al operador de la infraestructura hidráulica.

Marco normativo

Numeral 213.1 del artículo 213° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0204-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 177524-2022.

ADMINISTRADO: Antonio Marcos Guerrero.

ORGANO: AAA Mantaro.

MATERIA: Nulidad de oficio de acto administrativo.

SUMILLA: La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que, en el balance hídrico, se consideren los derechos de uso previamente otorgados.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 28 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

442-2023

Administrado

Antonio Marcos Guerrero

Sumilla

La acreditación de disponibilidad hídrica requiere que, en el balance hídrico, se consideren los derechos de uso previamente otorgados.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 81.1 del artículo 81° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.TNRCH. Nº 0173-2024-ANA

Resumen

CUT N°: 40598-2022.

SOLICITANTES: Humberto Guillermo Coarita Uchasara, Juana Coarita Uchasara de Contreras, Marcelino Zacarías Coarita Uchasara, Jesús Zacarías Coarita Uchasara, María Isabel Coarita Uchasara y Tomasa Uchasara de Coarita.

ORGANO: AAA Caplina-Ocoña.

MATERIA: Extinción de derecho de uso de agua.

SUBMATERIA: Caducidad.

SUMILLA: Es nulo el acto administrativo que extingue un derecho de uso por caducidad cuando la Autoridad omite comunicar el inicio del procedimiento de extinción de derecho de uso de agua a los interesados con el fin de que ejerzan su derecho de defensa; así como, cuando no cumple con especificar la causal de caducidad de manera expresa.

MARCO NORMATIVO: Subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 102.3 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

SENTIDO: Nulidad de oficio.

Fecha de Resolución

Miércoles, 21 Febrero, 2024

Colegiado integrantes - N° SALA

N° de Expediente TNRCH

389-2023

Sumilla

Es nulo el acto administrativo que extingue un derecho de uso por caducidad cuando la Autoridad omite comunicar el inicio del procedimiento de extinción de derecho de uso de agua a los interesados con el fin de que ejerzan su derecho de defensa; así como, cuando no cumple con especificar la causal de caducidad de manera expresa.

Marco normativo

Subnumeral 1.2 del numeral 1 del artículo IV del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, numeral 102.3 del artículo 102° del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos.

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

R.J. 044-2018-ANA

Resumen

Apruébese la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 016-2018-EF, por un monto de Un millón doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos noventa y seis y 00/100 Soles (S/ 1 285 496,00) con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios de acuerdo al detalle del desagregado que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Fecha de Resolución

Lunes, 05 Febrero, 2018

Clasificación

Jefaturales

Autor

ANA