CUT N°: 54913-2019.
IMPUGNANTE: Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL.
ÓRGANO: Ala Chillón-Rimac-Lurín.
MATERIA: Retribución Económica.
SUMILLA: Se declara la nulidad de oficio de las Resoluciones Directorales N° 1022 y N° 1263-2018-ANA-AAA.CAÑETE-FORTALEZA, por contravenir lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo; se declaran fundados los recursos de apelación interpuestos por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima-SEDAPAL en fecha 31.05.2018, en consecuencia, nulos el Recibo N° 2017V00349, el Recibo N° 2017V00350, la Carta N° 070-2018-ANA-AAA-CF-ALA-CHRL-AT/CRPO, asi como la Resolución Administrativa N° 085-2018-ANA-AAA-C.F-ALA.CHRL, por haberse advertido una causal de nulidad prevista en el numeral 1 del articulo 10° del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General.