R.TNRCH. Nº 0155-2021-ANA

Resumen

CUT N°:113063-2020.

IMPUGNANTE: Gloria Soledad Yáñez Manchego.

ÓRGANO: AAA Caplina - Ocoña.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA: Impedir u obstaculizar las inspecciones de la ANA

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la señora Gloria Soledad Yáñez Manchego contra la Resolución Directoral N°1194-2020-ANA/AAA.CO; y en consecuencia, nulas las Resoluciones Directorales N°1194-2020-ANA/AAA.CO y N°896-2020-ANA/AAA.CO, por haber sido emitidas transgrediendo el Principio de Causalidad, recogido en el numeral 8 del articulo 248° del Texto Único Ordenado de la Ley N' 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Asimismo, se dispone el archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado con la Notificación N°280-2019-ANA-AAA.CO-ALA-CH.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Miércoles, 03 Marzo, 2021

N° de Expediente TNRCH

519-2020

Sumilla

Resulta evidente que las decisiones adoptadas por la Autoridad las resoluciones han sido emitidas transgrediendo el Principio de Causalidad, procedase al archivo del procedimiento administrativo sancionador iniciado con la notificación.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0120-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 79475-2019.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo.

ÓRGANO: ALA Tambo - Alto Tambo. 

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Otorgamiento de Licencia de Uso de Agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios Irrigación Ensenada Mejía Mollendo contra la Resolución Administrativa Nº 031-2019-ANA/AAA I C-O/ALA-T-AT, en consecuencia nulo el señalado acto administrativo. Asimismo, se declara improcedente la solicitud de otorgamiento de licencia de uso de agua presentada por la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado Arequipa S.A.- SEDAPAR S.A., en el marco del Decreto Supremo Nº 022-2016-MINAGRI.

MARCO NORMATIVO: Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 12 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

1028-2020

Sumilla

Se advierte que la licencía de uso de agua superficial, otorgada mediante la resolución apelada, no cuenta con las obras de aprovechamiento hídrico debidamente autorizadas.

Marco normativo

Numeral 213.2 del artículo 213° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0024-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 121911-2020.

IMPUGNANTE: Rodrigo Moisés Ponce Chamorro.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización. Construir o modificar obras sin autorización.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Rodrigo Moisés Ponce Chamorro contra la Resolución Directoral N° 024-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA y, en consecuencia, nulo el referido acto administrativo. Asimismo, se dispone la conclusión y archivo del procedimiento administrativo sancionador instaurado contra el señor Rodrigo Moisés Ponce Chamorro mediante la Notificación N° 188-2019-ANA-AAA.CF-ALA. CHRL.

MARCO NORMATIVO:  Numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  Fundado

Fecha de Resolución

Jueves, 21 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

440-2020

Sumilla

No existe certeza sobre los hechos respecto a los cuales se inicia el procedimiento administrativo sancionador, se deber verificar plenamente los hechos que sirven de motivo de sus decisiones para lo cual deberan adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la Ley.

Marco normativo

Numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0103-2021-ANA

Resumen

CUT N°:181501-2020.

SOLICITANTE: SEDAPAL.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Aclaración.

SUBMATERIA: Aclaración.

SUMILLA: Se declara fundado el pedido de aclaración de la Resolución 488-2020-ANA/TNRCH, presentado por el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL); y por aclarado el numeral 6.1.3 de la referida resolución. 

MARCO NORMATIVO: Artículo 406° del Código Procesal Civil.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Miércoles, 10 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

590-2020

Sumilla

En el sentido de que el término "en caso corresponda", se refiere que el procedimiento de modificación de la licencia de uso de agua se aplican las normas de otorgamiento de licencia reguladas, es por ello que solo el titular de la licencia está legitimado para solicitar una modificación de licencia y no un tercero.

Marco normativo

Artículo 406° del Código Procesal Civil.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0026-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 132763-2020.

IMPUGNANTE: Rogger Falu Medianero Blanco. 

ÓRGANO: AAA Madre de Dios.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador

SUBMATERIA: Dañar las obras de infraestructura hidráulica publica

SUMILLA:  Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Evaristo García Ríos contra la Resolución  Directoral Nº 0216-2020-ANA-AAA.MDD, y, en consecuencia, nula la referida resolución; disponiéndose el archivo del procedimiento administrativo sancionador.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar y el numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 21 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

439-2020

Sumilla

No existe coherencia entre lo constatado en la diligencia de campo y lo imputado en la notificación, debido a que en el acta de la referida diligencia se hace mención de un canal artificial, mientras que en la notificación de cargos se hace referencia a una quebrada natural; por lo que no se ha comprobado el hecho imputado y por tanto, no hay prueba o certeza de la infracción.

Marco normativo

Numeral 1.11 del artículo IV del Título Preliminar y el numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0102-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 156404-2020.

IMPUGNANTE: Roberto Leónidas Palomino Hurtado.

ÓRGANO: AAA Chaparra - Chincha.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador. 

SUBMATERIA: Construir o modificar obras sin autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación presentado por el señor Roberto Leónidas Palomino Hurtado contra la Resolución Directoral N° 451-2020-ANA-AAA-CH.CH y en consecuencia nula dicha resolución por haber incurrido en las causales de nulidad contenida en el numeral 1 del artículo 10º del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General, y se ordena retrotraer el procedimiento. 

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

476-2020

Sumilla

El impugnante presento sus descargos dentro del plazo, evidenciando una vulneración al principio del debido procedimiento, impidiendo el ejercicio de su derecho de defensa.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0099-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 16879-2020.

IMPUGNANTE: Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura.

ÓRGANO: ALA Huaura.

MATERIA: Modificación de permiso de uso de agua.

SUBMATERIA: Modificación de permiso de uso de agua.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico Huaura contra la Resolución Administrativa Nº 108-2019-ANA-AAA.CF-ALA.H, en consecuencia, nulo el referido acto debido a que fue emitida sin una debida motivación de las resoluciones, disponiéndose la reposición del procedimiento.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: Fundado

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

269-2020

Sumilla

El Tribunal determina que la resolución apelada, se basaron en circunstancias que no son reales, por lo cual, se evidencia una indebida motivación y por ende la transgresión del Principio del Debido Procedimiento, incurriendo a la causal de nulidad.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° y numeral 5 del artículo 255° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0098-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 91857-2020.

IMPUGNANTE: Industria de Grasas y Aceites S.A.

ÓRGANO: AAA Cañete - Fortaleza.

MATERIA: Licencia de Uso de Agua

SUBMATERIA: Modificación de Licencia de Uso de Agua. 

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Industria de Grasas y Aceites S.A. contra la Resolución Directoral Nº 453-2020-ANA-AAA-CAÑETE-FORTALEZA, en consecuencia, nulo el referido acto debido a que fue emitida sin una debida motivación de las resoluciones, y resolviendo sobre el fondo del asunto, se dispone que la Autoridad Administrativa del Agua Cañete - Fortaleza, otorgue la modificación de licencia de uso de agua residual solicitada en el 24.01.2019.

MARCO NORMATIVO: Numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Viernes, 05 Febrero, 2021

N° de Expediente TNRCH

325-2020

Sumilla

Se resuelve otorgar la modificación, debido se evidencia que la autoridad competente ha concluido que la actividad que contempla el incremento del consumo del agua, se encuentra evaluada en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), por lo cual se concluye que, el impugnante ha cumplido con presentar el instrumento de gestión ambiental que sustenta el incremento de volumen y la existencia de disponibilidad hidrica.

Marco normativo

numeral 227.2 del artículo 227° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0042-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 86716-2020.

IMPUGNANTE: Sociedad Agrícola Rapel S.A.C.

ÓRGANO: AAA Jequetepeque - Zarumilla.

MATERIA: Licencia de uso de agua

SUBMATERIA: Autorización de Ejecución de Obras.

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa Sociedad Agrícola Rapel SAC. contra la Resolución Directoral N° 923-2020-ANA-AAA.JZ-V, en consecuencia, nula la misma. Asimismo, se dispone retrotraer el procedimiento administrativo, conforme con lo señalado en el numeral 6.8 de la presente resolución. 

MARCO NORMATIVO: Articulo 104° de la Ley de Recursos Hidricos. Artículo 212° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

SENTIDO: FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

274-2020

Sumilla

Se puede verificar que la resolución apelada no se encuentra debidamente sustentado ya que se ha pronunciado sobre posibles afectaciones a derechos de terceros causados por el proyecto sin existir certeza en la decisión de la autoridad.

Marco normativo

Articulo 104° de la Ley de Recursos Hidricos.
Artículo 212° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor

R.TNRCH. Nº 0044-2021-ANA

Resumen

CUT N°: 83357-2020.

IMPUGNANTE: ANABI S.A.C.

ÓRGANO: AAA Pampas - Apurímac.

MATERIA: Procedimiento Administrativo Sancionador.

SUBMATERIA:  Usar, represar o desviar el agua sin derecho o autorización

SUMILLA: Se declara fundado el recurso de apelación interpuesto por la empresa ANABI S.A.C. contra la Resolución Directoral Nº 282-2020-ANA-AAA.PA y, en consecuencia, nulo el referido acto administrativo. Asimismo, se dispone la reposición del procedimiento administrativo sancionador con la finalidad de que la Autoridad Administrativa del Agua Pampas - Apurímac emita un nuevo pronunciamiento respecto de la imputación realizada mediante la Notificación Nº 009-2020-ANA-AAA.PA-ALA.MAP.

MARCO NORMATIVO: Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

SENTIDO:  FUNDADO

Fecha de Resolución

Jueves, 28 Enero, 2021

N° de Expediente TNRCH

266-2020

Sumilla

La administración no ha emitido pronunciamiento respecto a la imputación realizada, referida al uso de agua proveniente de escorrentía, la cual está considerada en la imputación de cargos, sancionando al impugnante por una conducta distinta, referida al uso de agua atmosférica, vulnerándose el Debido Procedimiento, en su manifestación de derecho de defensa, por cuanto la impugnante ha formulado sus descargos en base a las imputaciones realizadas.

Marco normativo

Numeral 1 del artículo 10° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Sentido

Clasificación

Del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas

Autor